Tips fiscales 2016
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Tips fiscales 2016

Aspectos relevantes que deben tener en cuenta las personas morales del régimen general

José Pérez Chávez, Raymundo Fol Olguín

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Tips fiscales 2016

Aspectos relevantes que deben tener en cuenta las personas morales del régimen general

José Pérez Chávez, Raymundo Fol Olguín

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En materia fiscal resulta muy fácil equivocarse, interpretar incorrectamente una disposición, incumplir con una obligación o no aplicar una facilidad o beneficio a favor del contribuyente por desconocimiento de la disposición que lo contiene. En muchas ocasiones, el contador piensa que interpreta y aplica correctamente las disposiciones fiscales, sin embargo, puede no ser así. Conscientes de ello presentamos esta obra, la cual tiene como objetivo primordial que los encargados del departamento fiscal de las personas morales, que pagan sus impuestos conforme al régimen general de ley, cuenten con un material de consulta útil, ágil, sencillo y actualizado que les permita tener en cuenta los tips fiscales que deben observar para no incurrir en una violación a las disposiciones fiscales. Asimismo, cada uno de los temas de este libro, en la medida de lo posible, se complementa con breves y sencillos ejemplos y casos prácticos. El presente libro está dirigido a los responsables del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas morales que tributan conforme al régimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta, estudiantes de la materia fiscal, profesores de impuestos, despachos de contadores públicos, asesores fiscales de personas morales y, en general, a cualquier persona interesada en ampliar su cultura tributaria.

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Information

Publisher
Tax Editores
Year
2016
ISBN
9786074409697
Subtopic
Fiscalité
Edition
2
PRIMERA EDICION 2012
SEGUNDA EDICION 2016
D.R. © Tax Editores Unidos, S.A. de C.V.
Iguala 28, col. Roma Sur.
CP. 06760, Ciudad de México, México.
Tel. y fax: 52 65 14 00 o 80 00 95 00.
www.tax.com.mx
Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra sin el permiso previo por escrito de sus autores.
Derechos reservados © conforme a la ley por:
• C.P. José Pérez Chávez.
• C.P. Raymundo Fol Olguín.
Av. Coyoacán 159,
col. Roma Sur, CP. 06760,
México, Ciudad de México.
Autores primigenios:
• C.P. José Pérez Chávez.
• C.P. Eladio Campero Guerrero.
cruz
• C.P. Raymundo Fol Olguín.
La presente edición contiene las disposiciones fiscales dadas a conocer en el DOF hasta el 22 de junio de 2016. Asimismo, incluye las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, actualizadas con su Segunda Resolución de Modificaciones, publicada en el DOF del 6 de mayo de 2016.
Esta obra no genera derechos ni establece obligaciones distintos a los que expresamente se señalan en las leyes y demás disposiciones fiscales en la materia.
ISBN 978-607-440-969-7

CONTENIDO

ABREVIATURAS
INTRODUCCION
APARTADO I
TIPS FISCALES DE LA
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CAPITULO I
TIPS FISCALES DE LOS INGRESOS ACUMULABLES
1. Ingresos por la enajenación de bienes, ¿deben acumularse cuando no se han dado los supuestos que señala la LISR para su acumulación pero ya se ha celebrado el contrato respectivo?
2. Anticipos de clientes en la enajenación de bienes y prestación de servicios, ¿deben acumularse?
3. Depósitos en garantía recibidos por el arrendador, ¿deben acumularse?
4. ¿Se puede diferir el pago del ISR cuando se obtienen ingresos provenientes de contratos de arrendamiento financiero?
5. Si hasta el 31/XII/2013 se optó por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio, la parte del precio efectivamente cobrado en enajenaciones a plazo (ventas en abonos) ¿está aplicando la opción que otorga el decreto del 26/XII/2013?
6. Para efectos de determinar los pagos provisionales de ISR, ¿se deben considerar los ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero?
7. Si se optó por acumular los inventarios que se tenían al 31/XII/2004 y no se han terminado de acumular los mismos para efectos de determinar los pagos provisionales del ISR del ejercicio de 2016, ¿está adicionando a la utilidad fiscal estimada el inventario acumulable?
8. ¿Existe una opción de acumulación de ingresos por cobro total o parcial del precio?
9. ¿Se debe considerar como ingreso acumulable la actualización de saldos a favor para efectos del cálculo del ISR?
CAPITULO II
TIPS FISCALES DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
10. ¿Se puede determinar una pérdida deducible por la enajenación de terrenos?
11. ¿Está deduciendo las devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas en el ejercicio en que se reciben o se conceden?
12. Si celebra contratos de arrendamiento financiero y optó por acumular como ingreso del ejercicio la parte del precio exigible durante el mismo, ¿sabe cómo determinar el costo de lo vendido?
13. ¿Tiene en cuenta que el costo de lo vendido se deducirá en el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de la enajenación de los bienes de que se trate?
14. Si no optó por acumular los inventarios que tenía al 31/XII/2004, ¿no está deduciendo las existencias en inventarios que tenía a dicha fecha?
15. Si optó por acumular los inventarios que tenía al 31/XII/2004, ¿debe considerar dicho inventario acumulable para determinar el coeficiente de utilidad para los pagos provisionales del ISR del ejercicio de 2016?
16. ¿Cuáles son las cuotas al IMSS que se pueden deducir?
17. ¿Se pueden dejar de efectuar pagos con cheque nominativo cuando las erogaciones exceden de $2,000.00?
18. ¿Está deduciendo los pagos hechos a contribuyentes que acumulan sus ingresos hasta que los cobran,cuando efectivamente se erogan?
19. ¿Deduce correctamente los pagos con cheque?
20. ¿Deben registrarse en la contabilidad las deducciones fiscales?
21. ¿Se pueden considerar los vales de despensa como previsión social?
22. Si la empresa cuenta con trabajadores, ¿aplica algún límite para la deducción de la previsión social que se otorga a dichos trabajadores?
23. ¿Deben observarse los requisitos que establece el RISR para la deducción de las aportaciones patronales a los fondos de ahorro?
24. ¿Deben constar en un plan por escrito las prestaciones de previsión social que la empresa otorga a sus trabajadores?
25. En caso de que la previsión social exceda de los límites que establece la fracción XI del artículo 27 de la LISR, ¿se puede deducir el excedente y qué tratamiento tiene para el trabajador dicho excedente?
26. ¿Está reuniendo en tiempo los requisitos de las deducciones autorizadas?
27. ¿Deduce correctamente los gastos que amparan servicios públicos, así como contribuciones locales y municipales?
28. ¿Realiza la deducción de los anticipos por gastos?
29. Si la empresa obtiene ingresos exentos, ¿deduce los gastos e inversiones en la proporción correspondiente?
30. ¿Deduce las inversiones en automóviles hasta por $175,000.00 y los gastos de dichas invers...

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