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imaginando alternativas
Marcos Baker
¿Tuvo Dios que castigar a Jesús para que nos pudiera perdonar? ¿Es la cruz acaso un castigo que aplaca a Dios, que satisface las demandas de la justicia y que le permite por eso perdonar con toda justicia? Si durante los primeros quince años de mi ministerio se me hubieran planteado estas preguntas, yo hubiera respondido “Sí, Dios castigó a Jesús y con eso se canceló la deuda que le debíamos a Dios”. No obstante, a lo largo de, al menos, los primeros mil años de la historia de la iglesia, la mayoría de los cristianos respondían de manera diferente. En el siglo III, Orígenes, partiendo del versículo bíblico que asegura que Jesús fue el rescate por muchos (Mt 20:28), hizo la pregunta: “¿A quién se le pagó esa deuda?” y las palabras que escribió a continuación fueron: “Con toda seguridad, no a Dios”. Lo que fue tan obvio para mí, y todavía lo sigue siendo para muchos, no lo fue para Orígenes. En realidad, parecía que era obvio para Orígenes y para otros que tal no podía haber sido el caso. Para ellos era claro que la cruz no se proponía aplacar a Dios. La razón por la que comparto este ejemplo de perspectivas que contrastan entre sí es resaltar que a lo largo de la historia de la iglesia se han dado diferentes explicaciones dominantes acerca de la cruz. Yo espero que esta información abra para ti una puerta tan franca como la abrió para mí.
Yo nunca me había planteado el interrogante que presenté en el capítulo anterior: “¿Cuáles son los rasgos positivos y negativos de la explicación de la satisfacción penal de la cruz?”. Nunca la había evaluado porque esa era la única explicación que yo conocía. No había ninguna otra alternativa con la cual compararla. Con el tiempo llegué a saber que no solamente se habían ya dado diferentes explicaciones, sino que la mía era relativamente reciente. Ese descubrimiento abrió un nuevo espacio que me permitía comparar y evaluar. El propósito de este libro no es explorar este asunto en profundidad como para aportar las bases bíblicas para una crítica de la teoría de la satisfacción penal. Para ello, basta con referirnos al excelente trabajo de Juan Driver, La obra redentora de Cristo y la misión de la iglesia.1 Mi objetivo en las siguientes tres secciones es brindar algunos aportes para ayudarte a ver que hay argumentos sólidos para explicaciones alternativas acerca de la cruz. Es mi oración que también para ti se abran nuevos espacios que te permitan hacer lo que hice: comparar y evaluar.
Explicaciones alternativas de la cruz en la historia de la iglesia
Un primer paso hacia poder imaginar esta posibilidad puede ser reconocer que, a lo largo de varios siglos, los cristianos predicaron y enseñaron el mensaje del cristianismo sin llegar a la conclusión inescapable de la satisfacción penal. El enfoque de esa enseñanza primitiva era que la vida, muerte y resurrección de Jesús había conquistado al maligno, la muerte y el pecado. Jesús nos había rescatado mediante su triunfo sobre las fuerzas del mal. Resulta digno de mención recalcar que los cristianos ortodoxos de Oriente todavía leen sus Biblias sin que encuentren en esos textos la teoría de la satisfacción penal. Frederica Matthews-Green, escribiendo desde una perspectiva ortodoxa, afirma que con muy pocas excepciones los autores cristianos antes de Anselmo, en el siglo XI, creían que Dios, en realidad, nos perdonó libremente y sin rodeos como el padre del hijo pródigo. Matthews-Green se pregunta:
¿Acaso los cristianos entendieron erróneamente su salvación a lo largo de mil años? ¿Sería que Pablo escribió sus cartas sin tener la menor idea de lo que estaba hablando? ¿Murieron los mártires de la era primitiva sin entender la cruz que los había salvado? Antes de Anselmo, el problema al que se refiere la salvación parece estar localizado dentro de nosotros. La muerte nos ha infectado como resultado de la caída de Adán. Esta infección produce en nosotros enfermedad espiritual que nos lleva a cometer pecado… Cristo ofrece rescate… Con Anselmo, el problema de la salvación es entre nosotros y Dios (tenemos una deuda que no podemos pagar). Después de Anselmo, el problema se formula a veces como si estuviera dentro de Dios (su ira no se va a saciar hasta tanto la deuda sea pagada).2
Este atisbo a la historia y la teología de la Iglesia Ortodoxa nos llama a reconocer dos cosas. La primera, que la teoría de la satisfacción penal, con su imagen legal como rasgo único y fundacional, ha oscurecido el uso de otras imágenes. La segunda, que aunque algunos pueden leer sus Biblias y ver con claridad la teoría de la satisfacción penal en el texto sagrado, debemos admitir que muchos en la historia de la iglesia han escudriñado esos mismos textos y descubierto algo diferente.
Desarrollo histórico de la teoría de la satisfacción penal
Los elementos de lo que hoy llamamos la teoría de la satisfacción penal estuvieron presentes en los trabajos de teólogos en los primeros siglos. Sin embargo, no fue sino hasta el siglo XI que Anselmo de Canterbury desarrolló una coherente teoría de la satisfacción. En su libro Cur Deus Homo (¿Por qué Dios se hizo hombre?) Anselmo buscó responder la pregunta del título de su libro no por medio de alguna terminología bíblica, sino tomando en préstamo conceptos e imágenes del mundo medieval de señores y vasallos. En ese contexto, si un vasallo no cumplía los requisitos de un juramento, debía ofrecer algo para satisfacer al señor ofendido; se consideraba que no era apropiado de un señor que no demandara compensación de un vasallo culpable o no se vengara de otro señor que de algún modo lo hubiera ofendido.
Anselmo afirma que hemos deshonrado profundamente a Dios a través de nuestro pecado y que tenemos una deuda enorme con él. Somos incapaces de darle a Dios la satisfacción apropiada, y no sería conveniente ni honorable para Dios perdonarnos sin recibir alguna compensación para satisfacer la deuda contraída contra su propio honor. Una persona sin pecado, sin embargo, estaría libre de deudas y podría pagarla. Según Anselmo, el deudor tendría que ser humano, ya que se trata de una deuda humana, pero tendría que ser más que humano para hacer una satisfacción total y hacerlo para toda la humanidad. Por lo tanto, Jesucristo, que es divino y humano, y libre de deudas, podía ofrecer, a través de su muerte, la satisfacción necesaria para reconciliar a los pecadores con Dios.
Anselmo merece nuestro elogio por buscar una imagen fácilmente entendible en su contexto. Eso es precisamente lo que este libro promueve. Sin embargo, podríamos decir que Anselmo llega a enfatizar de manera un tanto desmesurada algunos rasgos sobresalientes de su contexto. Permitió que su experiencia de vida medieval, su lógica y sabiduría convencionales ejercieran una influencia abrumadora en la configuración de su explicación de la cruz. Es decir, Anselmo no solo se valió de las categorías que su sociedad feudal le ofrecía (el ejemplo de señores y vasallos) para ilustrar la deuda que le debemos a Dios, sino que, de hecho, permitió que los conceptos medievales de honor definieran cómo Dios debería actuar. Cuando escribe que Dios no puede simplemente perdonar nuestro pecado, Anselmo deriva su conclusión no de las Escrituras, sino de las convenciones sociales de su tiempo. Después de todo, Jesús declara que el Hijo del Hombre tiene autoridad para perdonar pecados, y que es capaz de ejercer esa autoridad sin requerir restitución o sacrificio (por ejemplo, Mr 2:1-12). La falta de comportamiento apropiado en un señor feudal que simplemente ignora o perdona la deuda de un vasallo no está sancionada en las páginas de las Escrituras, sino en las normas sociales de su época.
El mayor problema en relación con la teoría de la satisfacción, sin embargo, no es Anselmo, sino aquellos que vinieron después de él, quienes privaron su presentación de su atuendo medieval. Estos intérpretes de Anselmo, quizás inconscientemente, tomaron de él ciertas ideas centrales y agregaron términos legales e ideas provenientes de sus propios tiempos —ajenos a los de Anselmo— y luego presentaron como resultado la satisfacción penal como la explicación bíblica de la cruz. El cambio de las obligaciones feudales a la ley penal alteró notablemente la forma en que se entendió el carácter de la satisfacción que Cristo proporcionó. Anselmo no presentó un Dios iracundo castigando a Cristo en nuestro lugar; más bien, Cristo satisfizo o pagó una deuda que debíamos. No obstante, en los sistemas occidentales de justicia penal, la “satisfacción” tiene que ver con el arresto y castigo de los culpables. Por lo tanto, en este contexto, Cristo no paga una deuda que los humanos le debemos a Dios sino que lleva el castigo de Dios contra el pecado humano. Este cambio en el marco legal señala las principales diferencias entre la teoría de la satisfacción de Anselmo y la teoría de la satisfacción penal. Podemos observar este cambio en Calvino. Por ejemplo, el reformador ginebrino escribe: “Dios en su calidad de juez está enojado con nosotros. Por lo tanto, una expiación debe intervenir para que Cristo como sacerdote pueda obtener el favor de Dios para nosotros y apaciguar su ira” (Instituciones 2.15.6). Además, los intérpretes posteriores a Anselmo, a diferencia de este, no presentaron sus explicaciones como parábolas, sino que expusieron la teoría de satisfacción como verdad proposicional: el lenguaje ya no fue “la cruz es como...”; sino que más bien fue “la cruz es...”.
Como observamos en el capítulo uno, el Nuevo Testamento ofrece una imagen legal. Pablo escribe sobre nuestra justificación a través de la cruz, y que Dios manifiesta su justicia a través de la cruz. Entonces, ¿cómo puedo decir que fue un error mezclar la teoría de satisfacción de Anselmo y la sala de un juzgado si hay metáforas legales en la Biblia? No es un problema usar una imagen legal para proclamar nuestra salvación a través de la cruz. El problema es: ¿qué juzgado está moldeando la imagen legal? ¿El que Pablo tenía en mente o uno de nuestro contexto?
¿Cómo es que la cruz exhibe la justicia de Dios?
La respues...