Derecho constitucional económico
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Derecho constitucional económico

  1. 162 páginas
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  4. Disponible en iOS y Android
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Derecho constitucional económico

Descripción del libro

Este libro es una guía para comprender y aplicar los fundamentos del derecho constitucional económico, pues desarrolla los principios del derecho público de la economía, el rol de la constitución económica como marco jurídico fundamental de la economía social de mercado, el derecho de la empresa y de la competencia, el derecho tributario, los servicios públicos, el régimen presupuestario, la descentralización económica y fiscal, y el ordenamiento monetario y bancario.

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Información

Año
2017
ISBN del libro electrónico
9786123173258
Edición
1
Categoría
Derecho
Categoría
Derecho civil
Capítulo 1
El derecho constitucional económico
1. El derecho público en la economía
La Constitución es la norma suprema que, inspirada en valores superiores, determina la ordenación jurídica de la sociedad. Y dado el alcance y trascendencia que tiene la economía en la vida social, es fundamental que la Constitución recoja los principios jurídicos más importantes a los que debe someterse la ordenación de esa realidad, más aún cuando en momentos como los actuales el Estado asume roles que tienen gran incidencia en su quehacer y configuración. En ese orden de ideas, compartimos el criterio de que la participación y las prerrogativas del Estado en la vida económica constituyen en nuestros días uno de los problemas centrales del constitucionalismo.
El derecho público es el derecho de la sociedad y del Estado. El derecho público de la economía se diferencia sustancialmente del derecho privado porque no se centra en la voluntad de los particulares —contratos y sociedades mercantiles, «derecho de los negocios»— sino en la ordenación económica, la que puede tener matices intervencionistas o liberalizadores.
Creemos pertinente diferenciar con claridad a la regulación del derecho público de la economía. El fin primordial de la regulación, de origen anglosajón, es el reforzamiento del mercado allí donde ha decaído su capacidad de proporcionar eficiencia en la asignación de los recursos.
Su finalidad es fundamentalmente económica. En cambio, el derecho público de la economía, tal como se entiende en el contexto europeo continental, tiene un contenido más amplio que la regulación económica, pues abarca todas las posibles manifestaciones de la intervención del Estado: tanto aquellas que persiguen una finalidad económica como las que procuran otros fines y de modo marcado fines distributivos.
La realidad histórica muestra que en todos los países el Estado ha intervenido en las relaciones económicas, si bien es cierto que lo ha hecho con diversa intensidad, sea desde la fiscalización de pesas y medidas en el Medioevo, la gestión y control de los ferrocarriles en el siglo XIX, hasta las subvenciones públicas a las empresas contemporáneas de aviación y el incremento del gasto público en distintos ámbitos de la seguridad. No hay eficiencia económica posible sin instituciones fuertes y estables; la mejor economía exige seguridad jurídica en las instituciones estatales (tribunales, administración, fuerzas de orden público, sistemas de garantías y publicidad de los derechos, entes reguladores, etcétera). Este marco institucional estatal es un factor esencial para la creación de riqueza. Sin Estado, no hay mercado.
En los tiempos presentes adquiere vigencia el pensamiento del economista John Kenneth Galbraith (1977, p. 98), quien señaló cuatro factores que obligan a la intervención y regulación pública: (i) la protección del medio ambiente; (ii) la protección de los más vulnerables de los empleados por el aparato productivo contra los efectos adversos de la máquina económica; (iii) la propensión de la economía a producir y vender bienes y servicios deficientes o materialmente perjudiciales; y (iv) las tendencias al interior del sistema económico que son autodestructivas para su eficaz funcionamiento.
2. El constitucionalismo social
Es en el siglo XX, con el proceso del paso del Estado liberal de derecho al Estado social de derecho se inicia propiamente el derecho constitucional económico. La Constitución mexicana de 1917 introduce conceptos tales como la propiedad originaria de la nación sobre las tierras y aguas, el derecho de propiedad con función social, la protección de los recursos naturales y el régimen de economía mixta.
Posteriormente, la constitución alemana de la República de Weimar (1919) representó el primer aporte europeo al constitucionalismo económico en un marco democrático, de inspiración socialdemócrata, cuyo objetivo fue la socialización de la riqueza, introduciendo conceptos tales como la nacionalización de empresas, racionalización y planificación de la producción, reconocimiento de la función social de la propiedad, el derecho a la vivienda y a la constitucionalización de los sindicatos y organizaciones patronales. Desde la República de Weimar recibe el significado que aquí nos interesa: el de ordenamiento jurídico fundamental de la actividad económica. Cabe recordar que el numeral 1 del artículo 151 de la Constitución de Weimar, texto pionero en esta materia, proclamó que «La disciplina de la vida económica debe corresponder a los principios de justicia con el fin de garantizar una existencia digna para todos. Es necesario garantizar la libertad del individuo dentro de tales límites».
Nuestro Tribunal Constitucional ha desestimado la tesis de la neutralidad del texto fundamental en materia del sistema económico. En el fundamento 28 de la STC (Exp. 034-2004-PI/TC), pronunciada el 15 de febrero de 2005, correspondiente a la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 26271, ley que norma el derecho a pases libres y a pasajes diferenciados cobrados por las empresas de transporte urbano e interurbano de pasajeros, declaró:
No se trata, pues ni de asumir un texto constitucional neutro a cualquier modelo económico y capaz de sustentar cualquier tipo de intervención, sino uno que dentro de márgenes razonables de flexibilidad, permita la libre configuración del legislador, tomando en cuenta las circunstancias históricas y económicas de cada periodo, y todo ello, dentro del hilo conductor de nuestro régimen económico, el cual, basado en una economía social de mercado, busque el justo equilibrio entre el principio de subsidiaridad y la solidaridad social.
3. La constitución económica peruana
En el Perú, el sistema económico constitucionalizado es el de una economía social de mercado. Esto es, un sistema con valores no solo económicos —que suele dejar un amplio margen de acción al poder político para configurar el modelo económico—, que son resultado de la combinación de elementos heterogéneos procedentes de las distintas formas de concebir la economía de mercado e inspirados tanto en postulados del neocapitalismo contemporáneo como del socialismo democrático.
Si bien, como hemos dicho, es cierto que todo Estado interviene en las relaciones económicas, esta intervención debe estar delimitada en la Constitución como garantía mínima para los ciudadanos y los agentes económicos, ya que la inclusión frondosa e indiscriminada de cláusulas constitucionales económicas puede dar lugar a graves distorsiones. Sin perjuicio de ello, las previsiones constitucionales deben ser lo suficientemente amplias en razón de los cambios radicales, imprevistos y constantes, típicos de nuestro tiempo. Ambos aspectos —garantía y flexibilidad— son los que coadyuvarán a que los gobiernos democráticos del futuro pueden tener un manejo prudente, racional y consecuente con sus particulares planteamientos.
Hay diversas formas de entender el contenido del derecho constitucional económico. Puede afirmarse que busca explicar algunas de las correlaciones entre derecho y economía, pero como este es un campo amplísimo que puede dar lugar a variadas interpretaciones, nuestro estudio está concretamente dirigido a analizar lo que nuestra constitución denomina «régimen económico», que comprende los artículos 58 a 89 de la Carta Fundamental.
Ese enfoque tiene como consecuencia natural estudiar el rol y facultades del Estado, de la propiedad y la contratación, de la libertad de empresa y de comercio, de la competencia económica y de sus límites, de los derechos básicos de los consumidores y usuarios, de las características de la denominada economía social de mercado, de los servicios públicos, del dominio público y los recursos naturales, del sistema monetario y bancario, del régimen tributario y presupuestario y de la tutela de los derechos económicos fundamentales.
Pero nuestro análisis no ingresa a estudiar en profundidad las características de cada uno de esos aspectos —que usualmente son cubiertos por especialidades jurídicas diferenciadas— sino en tanto delimitan la intervención del Estado, las garantías que este otorga y las iniciativas de los ciudadanos y sus empresas, con las limitaciones que impone el interés general. Por tanto, aquí no se intenta proponer, defender o desechar determinado modelo de desarrollo, pero sí tener presente lo que ha sido nuestra historia constitucional y el impacto de los derechos fundamentales y de las instituciones jurídicas en la vida económica.
Por cierto, declaramos nuestra defensa del sistema republicano democrático, de los derechos económicos de los ciudadanos y a su cautela normativa, y deseamos un funcionamiento óptimo de la economía social de mercado. Esta declaración es indispensable porque no es nuestra intención efectuar valoraciones economicistas específicas sino alentar
—en lo que está a nuestro alcance— un funcionamiento efectivo de la vida económica que nos lleve a un mayor grado de desarrollo, con libertad y equidad, teniendo siempre presente la búsqueda del bien común.
Por lo dicho, este no es un libro de teoría política o económica. Más bien, lo que tratamos son los problemas, cuestiones o disyuntivas económicos desde la visión del derecho constitucional, especí...

Índice

  1. Presentación
  2. introducción
  3. Capítulo 1. El derecho constitucional económico
  4. Capítulo 2. Origen y características del régimen económico en la Constitución de 1993
  5. Capítulo 3. Los derechos económicos
  6. Capítulo 4. Los derechos de solidaridad
  7. Capítulo 5. La economía social de mercado
  8. Capítulo 6. La libertad de empresa
  9. Capítulo 7. La libertad de comercio
  10. Capítulo 8. La competencia económica
  11. Capítulo 9. El principio de subsidiaridad y la intervención del Estado en la economía
  12. Capítulo 10. Servicios públicos económicos y sociales
  13. Capítulo 11. Dominio público del estado, recursos naturales y diversidad biológica
  14. Capítulo 12. El sistema monetario y bancario
  15. Capítulo 13. Régimen tributario y presupuestario
  16. Capítulo 14. Tutela de los derechos fundamentales económicos
  17. AnexoSentencias relevantes del Tribunal Constitucional
  18. Bibliografía