Teoría esencial del ordenamiento jurídico peruano
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Teoría esencial del ordenamiento jurídico peruano

  1. 188 páginas
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Teoría esencial del ordenamiento jurídico peruano

Descripción del libro

El ordenamiento jurídico de un Estado tiene componentes legislativos que empiezan con la Constitución y siguen con las leyes y demás normas jurídicas. Igualmente, existe un marco teórico de comprensión y aplicación de todas esas normas. Este libro, escrito por Marcial Rubio Correa y Elmer Arce, recoge todos los conocimientos esenciales que un abogado debe tener para manejar con competencia profesional estos distintos elementos normativos y conceptuales. Está hecho para su aplicación específica en el Perú, pero recoge las distintas versiones actualizadas de la doctrina jurídica vigente sobre la materia.

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Información

Año
2017
ISBN del libro electrónico
9786123173241
Edición
1
Categoría
Derecho
Categoría
Jurisprudencia
Capítulo 1
Estado y derecho en el Perú
En el mundo actual, estamos acostumbrados a vivir dentro de un Estado, en nuestro caso, la República del Perú. La Tierra ha sido subdividida en los territorios de los Estados; solo altamar y algunos espacios como la Antártida son reconocidos como espacios pertenecientes a la humanidad y no a Estados particulares.
Dentro de sus territorios, los Estados gobiernan a la población que allí habita. Así, el Perú limita con Ecuador, Colombia, Brasil, Bolivia, Chile y, en el Océano Pacífico, con el altamar. En el territorio peruano que se encuentra configurado por estas fronteras, se aplican las normas del derecho peruano. Este derecho es producido principal aunque no únicamente por el Estado Peruano: un Congreso Constituyente dio la Constitución de 1993 que nos rige; el Congreso de la República dicta las leyes; el Poder Ejecutivo y otros órganos del Estado dictan decretos y resoluciones; los gobiernos regionales y municipales dictan ordenanzas.
En todos estos casos es el Estado el que principalmente produce las normas del derecho. Por eso, contemporáneamente, no se puede entender cabalmente al derecho sin entender al Estado. A esto le dedicamos este capítulo.
1. Concepto de Estado. Entre monismo y pluralismo jurídico
El Estado es la forma contemporánea de organizar el poder político de una sociedad que vive en un territorio determinado. El Estado actual fue concebido en Europa a partir del siglo XVII y consolidó sus características actuales desde fines del siglo XVIII, con el triunfo de las revoluciones liberales, principalmente la inglesa, la de los Estados Unidos de América y la francesa, y desde esas tres sociedades se extendió rápidamente. Nosotros adoptamos el Estado contemporáneo con nuestra primera Constitución peruana republicana de 1823.
Siempre hubo un poder político en las sociedades humanas —desde los jefes tribales a toda forma de monarquías y repúblicas—, porque alguien debe dirigir al grupo a fin de que sus miembros colaboren eficazmente entre sí. En el mundo occidental, antes del Estado moderno existían en Europa monarquías absolutas que empezaron a mostrarse hacia el final del siglo XV. Desde el descubrimiento de América y durante la Colonia, nosotros fuimos súbditos del rey de España. Entonces se decía que existía un «príncipe», que era el gobernante absoluto que tomaba todas las decisiones trascendentales y las ejecutaba a través de sus servidores. Sin embargo, cuando todo depende de una sola voluntad siempre hay arbitrariedades, abusos y preferencias caprichosas por unos y agravios injustificados a otros.
La sociedad pronto se hartó de los monarcas absolutos, pidió libertad, propiedad, seguridad y derecho a resistir la opresión del Príncipe. Todo esto comienza a pensarse y escribirse durante el siglo XVI, pero se empieza a obtener en el siglo XVII.
Los procesos de constitución del Estado contemporáneo fueron distintos en Europa y en América. Allá las monarquías absolutas se convirtieron progresivamente en democrático-constitucionales, mientras aquí, en la mayoría de las sociedades americanas terminamos con los reyes y tuvimos repúblicas presidenciales. Durante el siglo XIX hubo monarcas en México y Brasil, países que se convirtieron en repúblicas y entraron al siglo XX en esa condición.
Uno de los instrumentos más poderosos para el establecimiento del Estado actual fue lo que conocemos como la Constitución Política.
Podemos describir a la Constitución Política (que en lo sucesivo llamaremos simplemente Constitución) como un documento normativo emitido por el poder constituyente del pueblo, del máximo nivel jurídico dentro del Estado, que contiene los derechos de las personas que las autoridades no pueden afectar y las reglas de organización del poder del Estado, y que busca conseguir —no siempre con éxito— que los gobernantes y los empleados públicos no usen arbitrariamente el poder público.
La primera Constitución en el sentido contemporáneo del término fue la de los Estados Unidos de América, aprobada en 1787. La segunda fue la francesa de 1791. A partir de ellas, los Estados fueron aprobando constituciones. La primera que llegó al Perú fue la Constitución de Cádiz de 1812, aún en la época colonial. La primera Constitución republicana fue, como ya dijimos, la de 1823. La Constitución fue un hito para la humanidad y se extendió muy rápidamente por el mundo.
Podemos apreciar rápidamente que en el Estado actual se produce una simbiosis, una convergencia trascendental con la Constitución: la forma del Estado, sus principios, sus reglas de organización, sus posibilidades y límites de ejercicio del poder, así como los derechos fundamentales de los seres humanos, son establecidos en la Constitución. El vínculo entre Estado y derecho comienza con la Constitución, a la que solemos llamar «la ley de leyes» por ser la que contiene las normas que nadie puede desobedecer ni contradecir.
Decimos que la Constitución es dada por el poder constituyente del pueblo porque, sea que el pueblo vote directamente la Constitución, sea que la encargue hacer a una asamblea de representantes elegidos por él para ese propósito, es el poder máximo del pueblo el que la establece. Por eso es la norma de máximo rango normativo.
La Constitución constituye al Estado. Nuestra Constitución dice que el Estado Peruano se organiza así:
Constitución, articulo 43°.- La Republica del Perú es democrática, social, independiente y soberana.
El Estado es uno e indivisible.
Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.
El Perú es una república por contraposición a una monarquía: en el Perú todas las altas autoridades políticas del Estado deben cambiar periódicamente o, en todo caso, ser reelegidas periódicamente. No hay cargos vitalicios ni por derecho propio de las personas. Lo característico de una república es que los ciudadanos rotan en el ejercicio del poder público. En cambio, en una monarquía, el rey y la nobleza que lo acompaña son condiciones vitalicias y hereditarias.
El Perú es una república democrática. Esto quiere decir que las altas autoridades políticas —presidente de la República, congresistas, presidentes regionales, alcaldes y concejos municipales— deben ser elegidos por votación popular y periódica. La democracia da al pueblo otros derechos, como el de someter decisiones a referéndum o revocar autoridades en ejercicio.
También es una república independiente, lo que equivale a decir que no tiene vínculo de dependencia con ningún otro Estado. El Perú no fue independiente durante la colonia española pues dependía de la Metrópoli y de las decisiones del rey. Por eso se independizó en 1821.
Es una república soberana porque ningún otro Estado o poder puede imponerle decisiones: el pueblo peruano y su gobierno toman sus decisiones por sí mismos, de acuerdo con la Constitución.
El Perú es uno e indivisible. Esto quiere decir que, más allá de las particularidades regionales o de la existencia de gobierno central, gobiernos regionales y gobiernos locales (municipalidades), el Perú es uno solo y nadie puede dividirlo o pretender dividirlo. Esto, como veremos luego, debe conducir a que el gobierno central, los gobiernos regionales y...

Índice

  1. Presentación
  2. introducción
  3. Capítulo 1. Estado y derecho en el Perú
  4. Capítulo 2. Norma jurídica: las reglas y principios que conforman el derecho
  5. Capítulo 3. Estructura del ordenamiento jurídico estatal
  6. Capítulo 4. Fuentes del derecho peruano
  7. Capítulo 5. Informalidad y fuentes del derecho
  8. Capitulo 6. Interpretación
  9. Capítulo 7.La integración jurídica
  10. Capítulo 8. Antinomias
  11. Capítulo 9. La aplicación de las normas jurídicas generales en el tiempo
  12. Capítulo 10. Teorías sobre el ser del derecho
  13. Bibliografía