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México en 1917
Entorno económico, político, jurídico y cultural
- 248 páginas
- Spanish
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México en 1917
Entorno económico, político, jurídico y cultural
Descripción del libro
Compilación que reúne cuatro ensayos que analizan desde distintos enfoques (económico, político, social y cultural), los procesos y acontecimientos más importantes que tuvieron lugar en el año de 1917, los cuales dieron pie a la promulgación y entrada en vigor de la Constitución Política actual.
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Información
Categoría
HistoryCategoría
Mexican HistoryLA CONSTITUCIÓN DE 1857
Y EL ORDEN JURÍDICO EN 1917
José Gamas Torruco*
Los constituyentes de 1916-1917 recibieron un legado jurídico mixto: el liberal, generado desde la restauración de la República y desarrollado durante las tres décadas del régimen dictatorial de Porfirio Díaz; frente al de las propuestas para reformar el sistema constitucional-legal vigente de acuerdo con los planteamientos que el despertar de la nación agobiada exigía como bases de un nuevo orden.
En diciembre de 1916, al reunirse el Congreso Constituyente en la ciudad de Querétaro, estaba en vigor la Constitución de 1857, cuyo texto contenía las reformas inscritas desde la República Restaurada, con más de 30 años del régimen porfiriano, y las logradas en el curso de la breve y trágica gestión del presidente Francisco I. Madero.
La revolución iniciada por Venustiano Carranza enarboló como bandera el cumplimiento de la Constitución de 1857, violada por el derrocamiento del gobierno del presidente Madero. Se denominó a sí misma revolución constitucionalista, de la cual Carranza fue proclamado Primer Jefe del ejército restaurador.
En el avance hacia la toma del poder los constitucionalistas recogieron no sólo los postulados políticos que motivaron el inicio de la lucha armada en 1910, sino también el clamor nacional por reformas sociales, recogidas en medidas legales aplicadas por los gobiernos locales que se iban logrando instaurar en el avance victorioso hacia la restauración de los poderes de la República. El propio Primer Jefe, a cargo ya del gobierno provisional formado, ejerció la potestad legislativa como respuesta inaplazable a las demandas populares.
El Primer Jefe del Ejército Constitucionalista presentó ante el Congreso Constituyente un proyecto de reformas a la Constitución de 1857 como base de las discusiones en la asamblea revolucionaria. El proyecto acusa a la Carta de 1857 de contener sólo fórmulas abstractas inaplicables; sin embargo, el texto que propone contiene un alto porcentaje de artículos casi textuales de aquélla. La realidad es que durante las tres décadas del régimen porfiriano la ley suprema nunca llegó a adquirir plena positividad sino que sirvió solamente de guión para el cumplimiento de la voluntad del dictador.
Ciertamente la paz lograda durante tres décadas determinó la satisfacción de la necesidad sentida por todos de establecer un orden y de cumplir los requerimientos de una economía en tamaño y complejidad crecientes. Se logró así un orden jurídico y una codificación sin precedentes.
Durante los 30 años del gobierno de Porfirio Díaz la Constitución mantuvo su vigencia formal disfrazando al régimen autoritario. Sin embargo, de ella se desprendió un orden jurídico que puso fin a la confusa legislación vigente que antes de la restauración de la República en 1867 mantenía no pocas disposiciones provenientes del régimen colonial junto con una mezcla de leyes aisladas, federales o locales, provenientes de la incertidumbre en los cambios constitucionales: federalismo en 1824, centralismo en 1836 reiterado en 1843, federalismo restaurado en 1847, dictadura con tendencia monarquista en 1853, guerra contra los Estados Unidos, guerra civil e intervención extranjera, un imperio que desarrolló una actividad legislativa inusual, liberal y reformista, que quedó abrogada; a esto hay que añadir los permanentes pronunciamientos militares que asolaron al país desde su independencia y de la aplicación de la ley por lo general arbitraria por los gobiernos cambiantes tanto en el centro como en la periferia.
La labor legislativa del régimen porfiriano fue meritoria y en no pocas materias sentó las bases de la legislación actual de la República. En otras, traduciendo las políticas del régimen, resultó enormemente negativa y su aplicación fue causa de la rebeldía popular y de las exigencias que fueron recogidas por el Congreso Constituyente.
La Constitución de 1917, según la denominación misma que finalmente le dio el Congreso Constituyente, se estipuló “que reforma a la del 5 de febrero de 1857”; su contenido básico y la legitimidad que logró aseguran su significado como una nueva constitución.
La base de un nuevo derecho.
LA CONSTITUCIÓN DE 1857
Y SUS REFORMAS1
Trayectoria
La Constitución de 1857 representa el triunfo del liberalismo mexicano receptor del credo político-económico del siglo XIX: exaltación del individuo frente al Estado, libertad, derechos humanos, soberanía del pueblo, limitación del Estado, gobierno participativo, librecambio económico... Este caudal doctrinario se había desarrollado desde 1824 y había arraigado hondamente en México como reacción a las estructuras económico-sociales que perpetuaban la herencia colonial dominada por la Iglesia, la alta jerarquía militar forjada en el ejército realista que combatió la independencia y la oligarquía económica criolla heredera de la riqueza española.
El 1° de marzo de 1854 se proclamó en Ayutla el plan del mismo nombre, poco después modificado en Acapulco, cuyos propósitos eran el desconocimiento del régimen despótico del caudillo que dominó las primeras décadas de la República, Antonio López de Santa Anna, y la convocatoria a un Congreso Constituyente que estableciera un orden liberal.
La Revolución de Ayutla llevó al poder a una clase media en formación, ilustrada, con propósitos claros y firmes, consciente de los cambios requeridos, identificada con el liberalismo económico y la libertad política y decidida a la edificación del Estado de derecho. Tal empresa implicaba separar al Estado de la Iglesia, limitar el poder de ésta, someter al ejército y reducir la influencia de las élites económicas, herencia de la Colonia. La tarea pudo realizarse por el vigor y la perseverancia de la primera generación de políticos verdaderamente notables que produjo el país. la Revolución contó con un apoyo popular suficiente para neutralizar —temporalmente— los intentos conservadores de retomar el poder por la fuerza.
Los gobiernos emanados de la Revolución de Ayutla expidieron las primeras leyes de Reforma, limitando moderadamente el poder de la Iglesia.
La Ley sobre administración de justicia, Ley Juárez (23 de noviembre de 1855), suprimió el fuero eclesiástico y el militar en materia civil, y declaró renunciable el primero para los delitos comunes.
La Ley de adjudicación de fincas rústicas y urbanas, Ley Lerdo (25 de junio de 1856), previó la adjudicación de los inmuebles pertenecientes a las corporaciones civiles y eclesiásticas a sus arrendatarios o al mejor postor, excepto los edificios destinados inmediata o directamente al objeto del instituto. El valor de adjudicación sería el correspondiente a la renta que actualmente pagaban calculada como rédito a 6 % anual.
El propósito de la ley era poner en circulación la enorme riqueza inmobiliaria, concentrada por la Iglesia, por mercedes reales, donaciones de feligreses y adjudicaciones por créditos hipotecarios no pagados a agricultores, con el fin de abrir al cultivo tierras desocupadas, favorecer la inversión alentando la propiedad en el campo y beneficiar al fisco con impuestos derivados de las transacciones inmobiliarias. La Iglesia recibiría el pago de lo adjudicado a su justo valor.
Esta ley, expedida por el ministro Miguel Lerdo de Tejada, traería funestas consecuencias como se relatará más adelante.
La Ley Iglesias (11 de abril de 1857) fijó las tarifas por los servicios eclesiásticos y trató de evitar los abusos del clero contra las personas de escasos recursos.
La apertura de sesiones del Congreso Constituyente se verificó el 17 de febrero de 1856.
Fue una contienda parlamentaria entre los liberales denominados “puros” que defendieron a toda costa la libertad de creencias, la separación de la Iglesia del Estado y medidas radicales para limitar el poder político de aquélla; finalmente triunfaron sus adversarios, los “moderados”, que asumían una actitud cautelosa temiendo la reacción conservadora apoyada por el poder de la Iglesia y por el catolicismo acendrado del pueblo mexicano. Este triunfo parlamentario no pudo evitar una sangrienta guerra de tres años y la condena papal al texto constitucional.
Durante la contienda armada se expidieron las denominadas Leyes de Reforma: nacionalización de los bienes eclesiásticos, matrimonio civil, orgán...
Índice
- Portada
- Proemio. Eruviel Ávila Villegas. Gobernador del Estado de México
- Presentación. Patricia Galeana. Directora General del Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México
- El largo año de 1917. Javier Garciadiego
- La cultura el año de 1917. Aurelio de los Reyes
- Economía y Revolución, 1910-1924. Enrique Semo
- La Constitución de 1857 y el orden jurídico en 1917. José Gamas Torruco