Nuevo León
  1. 331 páginas
  2. Spanish
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  4. Disponible en iOS y Android
eBook - ePub

Descripción del libro

Israel Cavazos Garza contribuye de manera significativa a explicar la participación decisiva de Nuevo León en la vida nacional: en la Independencia, en la resistencia a la primera agresión extranjera y, durante los movimientos de Ayutla, la Reforma, La Noria, Tuxtepec y la Revolución, destacando no sólo la participación de los grandes caudillos, sino de la sociedad en su conjunto. Finalmente, el autor estudia también los factores que propiciaron el despegue de la gran industria que caracteriza al Nuevo León de nuestros días.

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Información

Año
2012
ISBN del libro electrónico
9786071641083

SEGUNDA

PARTE por Isabel Ortega Ridaura

XIX. CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

PARA COMPRENDER LOS ANTECEDENTES del origen de Nuevo León y de otros estados es necesario remontarse un poco en el tiempo. Las Cortes de Cádiz franquearon sus puertas a diputados “de ultramar de las colonias de España en América”. Conforme al decreto emitido por la Regencia el 14 de febrero de 1810, el Ayuntamiento de Monterrey, en reunión del cabildo el 19 de junio de ese mismo año, eligió como diputado por el Nuevo Reino de León al licenciado Juan José de la Garza, canónigo de la catedral de la ciudad. Nuevo León estuvo representado en España por este personaje en las Cortes que produjeron la Constitución gaditana de 1812.
De acuerdo con esta Constitución y a propuesta del doctor Miguel Ramos Arizpe, diputado a las Cortes de Cádiz por Coahuila, fueron creadas las Diputaciones Provinciales, cuerpos colegiados gubernativos que dieron cierta autonomía a las provincias. Los criollos de la Nueva España adoptaron como bandera la Constitución de Cádiz; sin embargo, acaudillados por Morelos, reunieron el Congreso de Chilpancingo y promulgaron la Constitución de Apatzingán de 1814. En aquel Congreso el Nuevo Reino de León tuvo como diputado al propio caudillo de la Independencia José María Morelos.
De las seis diputaciones establecidas en la Nueva España, una fue instalada en Monterrey, con diputados de las cuatro Provincias Internas de Oriente: Nuevo León, Coahuila, Texas y el Nuevo Santander. Este cuerpo colegiado gubernativo, aunque no legislativo, es el antecedente del Congreso neolonés de nuestros días.
El estado de Nuevo León quedó formalmente establecido cuando el Congreso General Constituyente expidió el decreto número 45, del 7 de mayo de 1824, cuyo artículo primero dispone: “Nuevo León será en lo sucesivo un Estado de la Federación Mexicana y para la elección de los Diputados de su Congreso se observará la convocatoria de 8 de enero último”.

EL CONGRESO CONSTITUYENTE

El 9 de julio de 1824, reunidos en la sala del Ayuntamiento de Monterrey los electores de los cinco partidos: Monterrey, Cadereyta, Pilón, Linares y Boca de Leones, bajo la presidencia de José Eusebio Gutiérrez, vocal de la Diputación Provincial, revisaron la documentación correspondiente, y dos días más tarde fueron electos los 11 diputados propietarios (más cuatro suplentes) del primer Congreso de Nuevo León (1824-1827).
A este naciente Congreso lo integraron los ciudadanos doctor José Francisco de Arroyo, José María Gutiérrez de Lara, licenciado Pedro Agustín Ballesteros, Cosme Aramberri, licenciado Juan Bautista de Arizpe, licenciado Rafael del Llano, José María Parás, Juan José de la Garza Treviño, Antonio Crespo, José Manuel Pérez y Pedro de la Garza Valdez. La primera legislatura se instaló el 1° de agosto de 1824. Las autoridades políticas y administrativas permanecieron en sus cargos hasta que el Congreso designó a sus sustitutos.
El 4 de agosto del mismo año se procedió al juramento de todas las autoridades civiles, militares y eclesiásticas ante el Congreso; días después, ese juramento se realizó en las ciudades, villas y pueblos.
El 11 de agosto de 1824, el Congreso nombró como gobernador provisional al ciudadano José Antonio Rodríguez y como teniente de gobernador al ciudadano Francisco Bruno Barrera. Fueron estas autoridades, junto con el Congreso, las responsables de la transición administrativa a la república federal.
Las leyes que existían en esos momentos (la Constitución de Cádiz y las Leyes de Indias) quedaron vigentes hasta que se promulgó la primera Constitución.

LA CONSTITUCIÓN ESTATAL Y LOS PRIMEROS GOBIERNOS

En octubre de 1824 se juró en el estado la Constitución federal y el 15 de marzo de 1825 el primer constituyente de la entidad expidió la primera Constitución Política del Estado de Nuevo León. A partir de ese momento se dio inicio al proceso de construcción de las instituciones administrativas, jurídicas y judiciales que regirían al estado.
En su artículo primero, la primera Constitución estatal señala: “El estado de Nuevo León se extiende lo mismo que la provincia antes llamada Nuevo Reino de León, una de las que se decían Internas de Oriente.” Y más adelante especifica que éste comprende 23 distritos municipales: Agualeguas, Boca de Leones, Cadereyta, Cerralvo, China, Cañón de Guadalupe de Salinas, Guadalupe de Monterrey, Huajuco, Labradores, Linares, Marín, Monterrey, Mota, Pesquería Grande, Pilón, Punta de Lampazos, Río Blanco, Sabinas, Salinas, San Cristóbal Hualahuises, San Miguel de Aguayo, Santa Catarina y Vallecillo. Establecía como única religión la católica y como forma de gobierno la república representativa popular federada. El poder público del estado se distribuye en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
El Poder Ejecutivo recaía en el gobernador del estado, quien era electo cada dos años junto con el vicegobernador. Las más importantes funciones y atribuciones del gobernador eran las siguientes: cumplir y hacer cumplir las leyes federales y del estado, abrir y cerrar las sesiones del Congreso, llevar la relación del estado con el gobierno general y con los otros estados, proteger la seguridad de las personas, nombrar al jefe de Hacienda, disponer y vigilar la inversión de los recursos del estado, y designar y remover a su arbitrio al secretario de Gobierno. Además, era el jefe nato de la milicia cívica; debía ejercer la corrección de las personas, buscando la forma de su adecuada integración a la sociedad, y cuidar que los tribunales del estado administraran la justicia en los tiempos debidos.
El gobernador se auxiliaba de una Junta Consultiva, integrada por el vicegobernador, el prelado diocesano, el jefe de Hacienda, el secretario de Gobierno y el alcalde primero de la capital. En junio de 1825, José María Parás Ballesteros, quien había sido alcalde primero del Valle del Pilón y diputado en el Primer Congreso Constituyente del estado, fue electo primer gobernador del estado de Nuevo León y como vicegobernador se nombró a Julián Arrese.
Durante la gubernatura de Parás, el Congreso estatal autorizó que se fundara una cátedra de medicina y otra de cirugía en el Hospital General. En cuanto a estudios universitarios, se habilitó al Seminario Conciliar de Monterrey para que otorgara títulos en teología y derecho, pues significaba grandes costos solicitar estos títulos en la Ciudad de México.
A Parás y a los siguientes gobernadores les tocó la difícil tarea de consolidar la Independencia y la República, al tiempo que afianzaban la soberanía de Nuevo León. Tal fue también la tarea de Manuel Gómez de Castro (1827-1829) y de Joaquín García (1829-1833). Gómez de Castro regresó al ejercicio del Ejecutivo durante apenas ocho días, para ser suplido por Manuel María de Llano como gobernador sustituto de 1833 a 1834, año en el que suspendió funciones junto con el Congreso, ante los desacuerdos con el presidente Antonio López de Santa Anna.
El conflicto que llevó al cambio del sistema federalista por el centralista impactó directamente al cargo de gobernador. Se sucedieron de manera irregular el general Pedro Lemus (quien fue titular del Ejecutivo durante tres días), de nuevo Manuel Gómez de Castro y por último el licenciado Juan Nepomuceno de la Garza y Evia (1835-1837), quien asumió plenamente la adhesión al Estado centralista.

EL INTERVALO CENTRALISTA: 1836-1846

A mediados de la década de 1830 el país pasaba por un periodo de indefinición política. Dos formas distintas de gobierno estaban en pugna: el federalista (el sistema de gobierno vigente) y el centralista, que fue ganando legitimidad. Mientras que el primero se sostenía por el pacto político que mantenían entidades federativas más o menos autónomas, con el segundo se proponía un gobierno central fuerte que unificara y dirigiera las distintas regiones del país.
Este proceso fue vivido por los mexicanos en medio de fuertes conflictos armados. En el plano internacional, se afrontó la independencia de Texas (1836) y la Guerra de los Pasteles con Francia (1838). En el norte, además, se vivía en constante guerra con los indios.
Ante la imposición centralista, el estado de Zacate...

Índice

  1. Portada
  2. Preámbulo
  3. I. El territorio de Nuevo León
  4. Primera parte por Israel Cavazos Garza
  5. Segunda parte por Isabel Ortega Ridaura
  6. Cronología
  7. Bibliografía comentada
  8. Agradecimientos y siglas
  9. Créditos de imágenes