CUBA 1940-2000
eBook - ePub
Disponible hasta el 23 Dec |Más información

CUBA 1940-2000

Reseña Histórica

  1. 188 páginas
  2. Spanish
  3. ePUB (apto para móviles)
  4. Disponible en iOS y Android
eBook - ePub
Disponible hasta el 23 Dec |Más información

CUBA 1940-2000

Reseña Histórica

Descripción del libro

>

Este libro detalla los acontecimientos en el periodo, a partir del establecimiento de la Constitución de 1940. Se realizaron elecciones libres hasta 1948, continuando la democracia iniciada en 1902 que situó a Cuba entre los primeros países de Latinoamérica.

El golpe de estado de Fulgencio Batista el 10 de marzo de 1952 estableció una dictadura que fue combatida por Fidel Castro, que desarrollo una lucha armada para restablecer la democracia, apoyada por la mayoría del pueblo.

El 31 de diciembre de 1958 Batista huye a Santo Domingo, pues tenía perdida la guerra y deja el poder a Castro que en sus primeros discursos prometió libertad de prensa y elecciones en 18 meses, pero el 7 de febrero suprimió los derechos constitucionales y posteriormente nacionalizó la economía, estableciendo una dictadura estalinista hasta el día de hoy.

1

1

Preguntas frecuentes

Sí, puedes cancelar tu suscripción en cualquier momento desde la pestaña Suscripción en los ajustes de tu cuenta en el sitio web de Perlego. La suscripción seguirá activa hasta que finalice el periodo de facturación actual. Descubre cómo cancelar tu suscripción.
Por el momento, todos los libros ePub adaptables a dispositivos móviles se pueden descargar a través de la aplicación. La mayor parte de nuestros PDF también se puede descargar y ya estamos trabajando para que el resto también sea descargable. Obtén más información aquí.
Perlego ofrece dos planes: Esencial y Avanzado
  • Esencial es ideal para estudiantes y profesionales que disfrutan explorando una amplia variedad de materias. Accede a la Biblioteca Esencial con más de 800.000 títulos de confianza y best-sellers en negocios, crecimiento personal y humanidades. Incluye lectura ilimitada y voz estándar de lectura en voz alta.
  • Avanzado: Perfecto para estudiantes avanzados e investigadores que necesitan acceso completo e ilimitado. Desbloquea más de 1,4 millones de libros en cientos de materias, incluidos títulos académicos y especializados. El plan Avanzado también incluye funciones avanzadas como Premium Read Aloud y Research Assistant.
Ambos planes están disponibles con ciclos de facturación mensual, cada cuatro meses o anual.
Somos un servicio de suscripción de libros de texto en línea que te permite acceder a toda una biblioteca en línea por menos de lo que cuesta un libro al mes. Con más de un millón de libros sobre más de 1000 categorías, ¡tenemos todo lo que necesitas! Obtén más información aquí.
Busca el símbolo de lectura en voz alta en tu próximo libro para ver si puedes escucharlo. La herramienta de lectura en voz alta lee el texto en voz alta por ti, resaltando el texto a medida que se lee. Puedes pausarla, acelerarla y ralentizarla. Obtén más información aquí.
¡Sí! Puedes usar la app de Perlego tanto en dispositivos iOS como Android para leer en cualquier momento, en cualquier lugar, incluso sin conexión. Perfecto para desplazamientos o cuando estás en movimiento.
Ten en cuenta que no podemos dar soporte a dispositivos con iOS 13 o Android 7 o versiones anteriores. Aprende más sobre el uso de la app.
Sí, puedes acceder a CUBA 1940-2000 de Nelson de los Santos en formato PDF o ePUB, así como a otros libros populares de Teología y religión y Biblias. Tenemos más de un millón de libros disponibles en nuestro catálogo para que explores.

Información

Año
2020
ISBN de la versión impresa
9781643342535
ISBN del libro electrónico
9781643342559
Categoría
Biblias
CAPITULO VI
LA DEROGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
El día 7 de febrero se promulga la Ley Fundamental por el Consejo de Ministros, que establece una nueva Constitución para Cuba, basada en la Constitución de 1940 pero con algunas modificaciones, como en:
  • El artículo 21 en cuanto a la retroactividad de las leyes penales, que establece:
“En los casos de delitos cometidos en servicio de la Tiranía derrocada el 31 de diciembre de 1958, los autores podrán ser juzgados de acuerdo con las leyes penales que fueren promulgadas al efecto.”
  • El artículo 24 que prohíbe la confiscación de bienes se modifica:
“Se prohíbe la confiscación de bienes, pero se autoriza la de los bienes del tirano depuesto el 31 de diciembre de 1958 y de sus colaboradores, los de las personas naturales o jurídicas responsables de los delitos cometidos contra la economía nacional o la hacienda pública, y los de las que se enriquezcan o se hayan enriquecido ilícitamente al amparo del Poder Público”.
  • El artículo 25 que establece:
“No podrá imponerse la pena de muerte. Se exceptúan los casos de los miembros de las Fuerzas Armadas, de los cuerpos represivos de la Tiranía, de los grupos auxiliares organizados por esta, de los grupos armados privadamente organizados para defenderla y de los confidentes, por delitos cometidos en pro de la instauración o defensa de la Tiranía derrocada el 31 de diciembre de 1958. También se exceptúan las personas culpables de traición o de subversión de orden constitucional o de espionaje en favor del enemigo en tiempo de guerra con nación extranjera.
  • Los artículos 121, 122 y 123 dan al Consejo de Ministros las facultades del Poder Legislativo, el artículo 122 tiene el siguiente texto:
    “La iniciativa de las Leyes compete:
    1. A los Miembros del Consejo de Ministros.
    2. Al Presidente de la República.
    3. Al Tribunal Supremo, en materia relativa a la administración de justicia.
    4. Al Tribunal Superior Electoral, en materia de su competencia y jurisdicción.
    5. Al Tribunal de Cuentas en asuntos de su competencia y jurisdicción.
    6. A los ciudadanos. En este caso será requisito indispensable que ejerciten la iniciativa 10 mil ciudadanos, por lo menos, que tengan la condición de electores. Toda iniciativa legislativa se formulará como proposición de ley y será elevada al Consejo de Ministros.”
  • El artículo 146 dice:
“Corresponderá al Primer Ministro despachar con el presidente de la República los asuntos de la política general del Gobierno y acompañado de los ministros los asuntos de los respectivos departamentos”.
En virtud de este último artículo el Dr. José Miró Cardona presentó su renuncia como Primer Ministro el 16 de febrero, para que el Dr. Castro asumiera el mismo pues era el responsable de la política del Gobierno, por lo que el presidente lo nombra Primer Ministro ese mismo día. Resulta casi increíble que un mes y 7 días después de haber llegado al Poder la Revolución, se derogue la Constitución de 1940, cuya violación por el golpe de estado de Fulgencio Batista, fue el porque de la lucha contra ese gobierno, desde el 24 de marzo de 1952 en que el Dr. Castro presentó una denuncia contra Fulgencio Batista por haber violado la Carta Magna, que de acuerdo con el Código de Defensa Civil conllevan una pena de mas de 100 años de cárcel, hasta la base de su alegato de defensa por el asalto del cuartel Moncada el 26 de julio de 1953.
El 18 el excomandante Jesús Sosa Blanco fue fusilado en la fortaleza de La Cabaña. El sacerdote Don Javier Arsuaga acompañó a los 55 fusilados en esa fortaleza a principios de 1959, incluyendo a Sosa Blanco.
El día 2 de marzo el Tribunal Revolucionario de Santiago de Cuba, presidido por el comandante Félix Pena, dictó sentencia a 43 miembros de la Fuerza Aérea del ejército de Batista acusados de bombardear las zonas de operaciones del Ejercito Rebelde, declarándolos inocentes por falta de pruebas. Inmedíatamente que el Dr. Castro conoció la sentencia anuló el juicio y estableció otro tribunal presidido por el comandante Manuel Piñeiro (Barbarroja) para repetir el juicio, que esta vez si condenó a estas personas.
El día 3 la Ley No. 122 dispone la intervención de la Cuban Telephone Company.
El día 5 se da a conocer la intervención estatal de las Cooperativas de Ómnibus Aliados S. A. (COA) y de Ómnibus Metropolitanos S. A. (OM) que eran las propietarias de los autobuses de transporte urbano en la ciudad de La Habana.
El día 6 fue promulgada la Ley de Rebaja de Alquileres, con el siguiente texto:
  1. Se rebajan los alquileres de las viviendas construidas y declaradas habitables con anterioridad a la publicación de la siguiente Ley, en la siguiente escala:
    1. En un cincuenta por ciento (50%) los que no excedan de 100 pesos mensuales
    2. En un cuarenta por ciento (40%) los mayores de 100 pesos y que no excedan de 200 pesos.
    3. En un treinta por ciento (30%) los mayores de 200 pesos.
  2. De esa rebaja quedan exceptuados los alquileres de las viviendas que fueron regulados por la Ley del 23 de marzo de 1939, o sea por la primera Ley de Alquileres.
  3. Asimismo, se exceptúan los alquileres que perciban los propietarios de una o varias casas y cuya suma total no sea superior a 150 pesos.
  4. Se otorga exención tributaria a las viviendas que se construyan dentro de los dos años siguientes a la promulgación de esta Ley y que sean habitadas por sus propietarios.
El día 26 se crea el Departamento de Información e Investigaciones de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (DIIFAR) que fue el núcleo del G-2, para enfrentar toda actividad política contraria al Gobierno.
El día 2 de abril en una entrevista televisada el Dr. Castro declaró:
“Perseguir al católico porque es católico perseguir al protestante porque es protestante perseguir al masón porque es masón, perseguir al rotario porque es rotario, perseguir a La Marina porque sea un periódico de tendencia derechista, o perseguir a otro porque es de tendencia izquierdista, a uno porque es radical y de extrema derecha y a otro porque es de extrema izquierda, yo no lo concibo, no lo hará la revolución. Lo democrático es lo que estamos haciendo nosotros: respetar todas las ideas. Cuando se comienza por cerrar un periódico, ningún periódico puede sentirse con seguridad; cuando se comienza a perseguir a un hombre por sus ideas políticas, nadie puede sentirse seguro.”
El día 9 en declaraciones al periódico ...

Índice

  1. FULGENCIO BATISTA ZALDÍVAR
  2. RAMÓN GRAU SAN MARTIN
  3. CARLOS PRIO SOCARRAS
  4. LA PRIMERA VIOLACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
  5. LA FALSA DEMOCRACIA.
  6. LA DEROGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
  7. LA VERDAD TANTAS VECES NEGADA
  8. LA CONSTITUCIÓN TOTALITARIA
  9. EL FINAL DEL ESTALINISMO