CAPÍTULO XII
La reforma constitucional del siglo xxi. ¿Una segunda transición?
La Constitución de 1978, que fue el gran compendio jurídico político de la Transición, fue interiorizada desde el primer momento por la opinión pública española como un activo de gran valor, capaz de ser la base de sustentación de un nuevo modelo de convivencia y de un régimen político democrático y semejante a los de nuestro entorno europeo. La llegada del PSOE al poder en 1982 puso de manifiesto que el marco normativo posibilitaba plenamente la alternancia y que las derechas y las izquierdas podrían ya turnarse pacíficamente al frente del Estado como era natural en los sistemas pluralistas. Durante un largo periodo de al menos un cuarto de siglo, la Constitución disfrutó de una envidiable adhesión política y social, y la única reforma que hubo que implementar, tras el ingreso de España en las Comunidades Europeas en 1986, se efectuó en 1992, al adherirse España al Tratado de Maastricht, y consistió en añadir, en el artículo 13.2, el derecho de sufragio pasivo de los extranjeros en las elecciones municipales.
Con todo, durante esta dilatada etapa, la Carta Magna fue incluso sacralizada por una clara mayoría social, temerosa de que aquel instrumento de concordia pudiera desnaturalizarse. De cualquier modo, las primeras sugerencias de cambio que hallaron verdadero eco político e intelectual tuvieron por objeto la simple actualización y modernización de la Carta, que seguía generando un abrumadoramente mayoritario consenso.
Las primeras propuestas de reforma constitucional. El PSOE
La reforma constitucional aparece citada en el programa electoral del PSOE previo a las elecciones generales de 2004. «Transcurridos veinticinco años desde su promulgación, la Constitución se ha revelado como la mejor aventura colectiva de los españoles para construir, en ejercicio de la soberanía popular, su convivencia en paz, liberad y progreso», se dice. Pero comoquiera que el tiempo transcurrido ha puesto de manifiesto algunas insuficiencias, «fruto del momento en que se elaboró», el PSOE propone la reforma parcial de la Constitución, limitada a aquellos aspectos «que en este momento presentan mayores disfunciones». Las propuestas concretas son: reforma del Senado, inclusión en la Constitución de la denominación oficial de las Comunidades y Ciudades Autónomas, referencia a la Constitución Europea y reforma de las normas de sucesión en la Jefatura del Estado para adecuarlas al principio de igualdad entre hombre y mujer.
En marzo de 2005, el Gobierno decidió enviar al Consejo de Estado una petición de informe sobre la reforma constitucional en la que pedía a este órgano consultivo que definiera la forma de plasmar las cuatro modificaciones sugeridas. En febrero de 2006, dicho órgano consultivo, presidido entonces por el magistrado Francisco Rubio Llorente, emitió un dictamen de gran calidad –con el voto particular del expresidente Aznar– que todavía es manejado como fuente de doctrina por los especialistas que debaten estas cuestiones. El informe concluye con las pertinentes consideraciones sobre el procedimiento de reforma, que, al tener que abordar cambios en la sucesión a la Corona, deberá hacerse por el procedimiento agravado del artículo 168 CE, que incluye la aprobación por mayoría de dos tercios de ambas cámaras legislativas, la disolución inmediata de las Cortes, la aprobación por las nuevas cámaras también con mayoría de dos tercios y la ratificación en referéndum.
Finalmente, la reforma se agostó: pronto se dejó de hablar de ella y no tuvo lugar por falta del necesario consenso.
Sin embargo, tras aquel prematuro intento, no dejó de extenderse la conciencia de que la Constitución de 1978 requiere algunas actualizaciones que mantengan el vigor originario. Asimismo, la constitución en Cataluña del gobierno tripartito en 2003 y la elaboración de una reforma de su Estatuto de Autonomía –en realidad, se acometió la redacción de un nuevo estatuto, con planteamientos territoriales muy polémicos, en el límite de las previsiones constitucionales– reforzaron la necesidad de normativizar un Estado de las Autonomías que no tiene plena consagración constitucional –el Título VIII CE sólo es una norma procesal: prescribe cómo se constituyen las Comunidades Autónomas y con qué competencias– y que dista mucho de funcionar con la regularidad y fluidez con que lo hacen los Estados federales.
El PSOE, que siempre se ha definido federalista, comenzó por aquellas fechas a desarrollar su ideario en aquel aspecto particular, y algunos expertos socialistas, como Jordi Sevilla, lanzaron a la palestra el concepto de salto federal . Y el PSOE ha incluido en su programa electoral previo a las elecciones de 2015 una reforma constitucional claramente federalizante.
En 2011, en pleno fragor de la crisis económica que ya anunciaba el estallido de una crisis de deuda, el entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, presionado por la Comisión Europea y por los principales países de la Eurozona, propuso a Mariano Rajoy, líder de la oposición, una reforma del artículo 135 de la Constitución, encaminada a establecer el principio de estabilidad financiera y garantizar el sometimiento del Estado español a los criterios de estabilidad de la Unión Europea, al tiempo que se limitaban rigurosamente los márgenes de endeudamiento de las Comunidades Autónomas y de los entes locales y se declaraba la absoluta preferencia del pago de la deuda con respecto a cualquier otro gasto del Estado. El párrafo más comprometedor, seguramente excesivo, que se introdujo en la Carta Magna a través de la reforma era este: «Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta».
El 2 de septiembre de 2011, el Congreso de los Diputados aprobó, con 316 votos a favor y 5 en contra, la modificación del artículo 135, en lo que fue la primera reforma constitucional de calado del régimen surgido de la Transición. Los síes de PP y PSOE superaron con creces los 3/5 de la Cámara o los 212 votos necesarios, pero la reforma causó una profunda lesión al modelo bipartidista, cuyos actores habían mostrado una gran incapacidad para entenderse en casi todo, salvo en un asunto tan vidrioso, que dejaba el gasto social a merced de la voluntad de los acreedores. Pedro Sánchez, diputado del PSOE en aquella fecha, voto lógicamente a favor, si bien al acceder a la secretaría general, ya con otra perspectiva, anunció su propósito de reformar el texto para dar preferencia a los gastos sociales básicos sobre cualquier otro compromiso del Estado. Y, en efecto, la reforma de la reforma ha figurado en el programa electoral de las elecciones generales de diciembre de 2015.
El último capítulo de dicho programa electoral está dedicado a una «Propuesta socialista de reforma constitucional: por un nuevo pacto de convivencia». En el texto, los socialistas creen que «la crisis económica que azota a España con dureza desde 2008, y las respuestas dadas por los poderes públicos a la misma, han minado la confianza de los ciudadanos y ciudadanas en el orden político surgido de la Constitución en tal medida que aquella crisis se ha extendido hasta incorporar manifestaciones claras de una crisis también social, política, territorial e institucional».
Cuatro son las razones que a juicio del PSOE avalan la necesidad de la reforma:
• Primera, que la realidad se ha transformado tan profundamente que es preciso extender y garantizar con suficiencia los derechos fundamentales, singularmente los derechos sociales básicos.
• Segunda, que la experiencia de estos casi cuarenta años ha puesto de relieve la existencia de instituciones y mecanismos que no cubren de manera adecuada los objetivos del Estado democrático y las exigencias de calidad democrática que demanda la ciudadanía.
• Tercera, que la Constitución no reguló el modelo territorial, por lo que hay que regular constitucionalmente lo que en 1978 se dejó muy abierto y sin precisar, actualizando y relegitimando nuestro modelo para mejorar la convivencia entre españoles y fortalecer nuestra unión ciudadana.
• Cuarta, que nuestra vocación europeísta exige reforzar el compromiso con la Unión Europea más social y decidida a la integración, articulando con ella nuestra relación, mejor y más intensamente, desde la propia norma constitucional.
Y la reforma se estructuraría sobre cinco grandes ejes:
1. «Una sociedad y un Estado con más justicia social: incorporación a la Constitución de mecanismos que garanticen el Estado del Bienestar fortaleciendo los derechos sociales.» La propuesta incluye la modificación del artículo 135 CE para supeditar el pago de la deuda a las necesidades esenciales de la ciudadanía, el blindaje de los derechos sociales, una mejor regulación del derecho al trabajo, dotar de contenido el derecho teórico a la vivienda, reformar los derechos medioambientales y el derecho a la educación, etcétera.
2. «Un Estado de Derecho revitalizado: fortalecer y ampliar los derechos y libertades.» Entre otras medidas, se propone incorporar a la Constitución una regulación expresa y específica de la igualdad entre hombres y mujeres, eliminar la preferencia del varón sobre la mujer en el orden de sucesión a la Corona, abolir la pena de muerte, incluso en tiempos de guerra, consolidar el principio de laicidad, mejorar la atención a las personas con discapacidad, etcétera.
3. «Una Sociedad y un Estado más democráticos: mejorar la calidad democrática y de las instituciones.» Se propone fortalecer la democracia interna de los partidos, limitar el aforamiento parlamentario, obligar a la tramitación como ley ordinaria de los decretos leyes, incrementar la proporcionalidad en el sistema electoral y desbloquear las listas, reformar la designación de los cargos institucionales, mitigar la rigidez del actual procedimiento de la reforma constitucional, etcétera.
4. «Un nuevo pacto territorial para una sociedad plural: reformar la estructura territorial del Estado con los principios y técnicas del federalismo.» Se describe el llamado «salto federal», o trasposición del actual Estado de las Autonomías hasta un estadio federal, que incluye lógicamente los fundamentos de un nuevo sistema de financiación y una reforma del Senado.
5. «Doble vocación europea e iberoamericana de España. Adecuar y reforzar nuestra articulación con la Unión Europea y colocar a España a la vanguardia de una Europa social. Reforzar nuestros lazos con los países hermanos de América Latina.» Se propone incluir desde el propio preámbulo de la Carta Magna la pertenencia europea, el carácter vinculante del derecho europeo y su primacía respecto del derecho interno; garantizar la participación de las CCAA en los procesos de formación de la voluntad del Estado en las materias de su competencia, reflejar la vinculación de España con los países hermanos de Iberoamérica, etcétera.
La reforma constitucional de Ciudadanos
El partido Ciudadanos, que el 20D de 2015 concurría por primera vez a unas elecciones generales con posibilidades reales de obtener una representación significativa –en 2008 presentó listas en 52 circunscripciones pero no consiguió escaños–, proponía también en el programa electoral previo una reforma constitucional limitada, que justificaba de este modo:
Tras tantos años de vigencia [de la Constitución], existe un amplio estado de opinión –entre expertos y políticos pero también entre los mismos ciudadanos– sobre la necesidad de reformar algunos de sus preceptos, imprescindibles para resolver determinados problemas institucionales. Con ello no queremos decir, ni mucho menos, que la Constitución en su conjunto haya quedado desfasada y deba iniciarse un nuevo proceso constituyente como en el periodo 1977-1978. Entonces tuvo que fundarse un nuevo Estado, radicalmente distinto al anterior, un Estado de derecho democrático y social, organizado territorialmente en Comunidades Autónomas. No se reformaban aspectos concretos del sistema anterior, sino que se creaba una nueva legalidad basada en una legitimidad nueva y distinta, la democrática. En definitiva, se llevaba a c...