Constitución de Honduras de 1982
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Constitución de Honduras de 1982

  1. 135 páginas
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Constitución de Honduras de 1982

Descripción del libro

La Constitución de Honduras de 1982 fue el fruto de las negociaciones entre las fuerzas políticas y los militares. Se redujo el periodo presidencial, se estableció la no reelección; y le dieron a las Fuerzas Armadas la tutela del sistema, en el caso que alguien quisiera atentar contra la democracia y suprimir la constitución. Bajo la nueva Carta magna resultó elegido presidente constitucional el liberal, Roberto Suazo Córdova.

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Información

Editorial
Linkgua
Año
2010
ISBN de la versión impresa
9788498161236
ISBN del libro electrónico
9788498971538
Título V. De los poderes del Estado
Capítulo I. Del Poder Legislativo
Artículo 189. El Poder Legislativo se ejerce por un Congreso de Diputados, que serán elegidos por sufragio directo. Se reunirá en sesiones ordinarias en la capital de la República el veinticinco de enero de cada año, sin necesidad de convocatoria y clausurará sus sesiones el treinta y uno de octubre del mismo año.
Las sesiones podrán prorrogarse por el tiempo que fuere necesario por resolución del Congreso, a iniciativa de uno o más de sus miembros, o a solicitud del Poder Ejecutivo.
Los recesos serán establecidos en el Reglamento Interior.
Artículo 190. El Congreso Nacional se reunirá en sesiones extraordinarias:
1. Cuando lo solicite el Poder Ejecutivo;
2. Cuando sea convocado por su Comisión permanente; y,
3. Cuando así lo acuerde la mitad más uno de sus miembros.
En estos casos solo tratará los asuntos que motivaron el respectivo Decreto de convocatoria.
Artículo 191. Un número de cinco diputados podrá convocar extraordinariamente al Congreso Nacional para sesionar en cualquier lugar de la República, cuando el Ejecutivo, otra autoridad, fuerza mayor o caso fortuito impidan su instalación o la celebración de sus sesiones.
Artículo 192. Para la instalación del Congreso Nacional y la celebración de sus sesiones será suficiente la mitad más uno de sus miembros.
Artículo 193. Ni el mismo Congreso, ni otra autoridad del Estado o particulares, podrá impedir la instalación del Congreso, la celebración de las sesiones o decretar su disolución.
La contravención de este precepto constituye delito contra los Poderes del Estado.
Artículo 194. El veintiuno de enero se reunirán los diputados en juntas preparatorias, y con la concurrencia de cinco por lo menos, se organizará la directiva provisional.
Artículo 195. El veintitrés de enero se reunirán los diputados en su última sesión preparatoria para elegir la directiva en propiedad.
El presidente del Congreso Nacional ejercerá sus funciones por un periodo de cuatro años y será el presidente de la Comisión Permanente.
El resto de la directiva durará dos años en sus funciones.
Artículo 196. Los diputados serán elegidos por un periodo de cuatro años, contados desde la fecha en que se instale solemnemente el Congreso Nacional. En caso de falta absoluta de un diputado, terminará su periodo el suplente llamado por el Congreso Nacional.
Artículo 197. Los diputados están obligados a reunirse en Asamblea en las fechas señaladas por esta Constitución, y asistir a todas las sesiones que celebre el Congreso Nacional, salvo incapacidad debidamente comprobada.
Los diputados que con su inasistencia y abandono injustificados de las sesiones, dieren motivo a que no se forme el quorum, o se desintegre este, serán expulsados del Congreso y perderán por un periodo de diez años el derecho de optar a cargos públicos.
Artículo 198. Para ser elegido diputado se requiere:
1. Ser hondureño por nacimiento;
2. Haber cumplido veintiún años de edad;
3. Estar en el ejercicio de los derechos ciudadanos;
4. Ser del estado seglar; y,
5. Haber nacido en el departamento por el cual se postula o haber residido en él por lo menos los últimos cinco años anteriores a la fecha de convocatoria a elecciones.
Artículo 199. No pueden ser elegidos diputados:
1. El presidente y los designados a la Presidencia de la República;
2. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia;
3. Los secretarios y subsecretarios de Estado;
4. Los jefes militares con jurisdicción nacional;
5. Los titulares de los órganos superiores de dirección, gobierno y administración de las instituciones descentralizadas del Estado;
6. Los militares en servicio activo y los miembros de los cuerpos de seguridad o de cualquier otro;
7. Los demás funcionarios y empleados públicos del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial que determine la Ley, excepto aquellos que desempeñen cargos docentes y de asistencia de salud;
8. Los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones;
9. El Procurador y Subprocurador General de la República, Contralor y Subcontralor General de la República y el director y subdirector de Probidad Administrativa;
10. El cónyuge y los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los citados en los numerales 1, 2, 4, 8 y 9 precedentes, y del secretario y subsecretario de Estado en los Despachos de Defensa y Seguridad Pública.
11. El cónyuge y los parientes de los jefes de las Zonas militares, comandantes de unidades militares, delegados militares departamentales o seccionales, delegados de los cuerpos de seguridad o de otro cuerpo armado, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, cuando fueren candidatos por el departamento donde aquellos ejerzan jurisdicción;
12. Los concesionarios del Estado para la explotación de riquezas naturales o contratistas de servicios u obras públicas que se costeen con fondos del Estado y quienes, por tales conceptos, tengan cuentas pendientes c...

Índice

  1. Créditos
  2. Constitución de Honduras de 1982
  3. Título I. Del Estado
  4. Título II. De la nacionalidad y ciudadanía
  5. Título III. De las declaraciones, derechos y garantías
  6. Título IV. De las garantías constitucionales
  7. Título V. De los poderes del Estado
  8. Título VI. Del Régimen Económico
  9. Título VII. De la reforma y la inviolabilidad de la Constitución
  10. Título VIII. De las Disposiciones transitorias y de vigencia de la Constitución
  11. Libros a la carta

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