Mujeres jaliscienses del siglo XIX
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Mujeres jaliscienses del siglo XIX

Cultura, religión y vida privada

Autores Varios

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Mujeres jaliscienses del siglo XIX

Cultura, religión y vida privada

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Esta obra muestra el largo y difícil camino de quienes nos antecedieron en la lucha por la igualdad, la equidad de género y la participación de la mujer en la vida pública y cultural de nuestro país; y brinda un reconocimiento a todas aquellas mujeres anónimas que contribuyeron con su esfuerzo a cambiar la percepción de lo femenino y elevar la dignidad de la mujer.

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Informazioni

Anno
2020
ISBN
9786074500097
Edizione
1
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La Piedra del Patio. Correspondencia de una religiosa capuchina
Darío Armando Flores Soria
Ya que vosotras os habéis convertido en hijas y siervas
del Padre Celestial y esposas del Espíritu Santo al
elegir la vida según la perfección del Santo Evangelio,
os prometo velar siempre por vosotras como por mis
hermanos”, escribió [San] Francisco
a las damas pobres [Clarisas].1
Introducción
Para el siglo XIX, en el occidente de México, las religiosas capuchinas dependían de la jurisdicción del obispo de Guadalajara; las autoridades eclesiásticas habían participado, conjuntamente con las redes de ayuda de la sociedad, y concluido las construcciones de los conventos y de las iglesias adjuntas de San José y la Purísima Concepción. Al interior de los claustros se encontraron establecidas las estructuras de gobierno y trabajo en común entre las monjas de coro y las de fuera de coro. En cuanto a los confesores ordinarios, fueron sacerdotes seculares designados por cada obispo o sede vacante, en tanto los extraordinarios fueron seculares y regulares; pues los confesores se constituyeron en el principal representante de la autoridad eclesiástica en cada comunidad de religiosas capuchinas y vehículo de comunicación con el obispo.2
Este fue el marco donde las monjas se relacionaron con los frailes mendicantes y, particularmente, la monja capuchina de la que se da cuenta en este apartado. Aquí abordaremos la relación que existió entre una monja lega y su confesor extraordinario, un fraile franciscano del Colegio Apostólico de Guadalupe, Zacatecas. Esta relación la conocemos gracias a la correspondencia que localizamos en el fondo Guardianes del Archivo Histórico de Zapopan (AHZ). La serie documental consta de treinta cartas escritas por la religiosa capuchina, que perteneció al convento de San José, en la Villa de Santa María de los Lagos; puesto que las respuestas del confesor franciscano Fray Romualdo Gutiérrez no se encontraron en este fondo, suponemos que pudieron extraviarse o haberse destruido durante la exclaustración del convento de San José de Lagos. O bien, quizá se encuentren en algún archivo particular o eclesiástico. El periodo que cubren se encuentra entre los años de 1821 a 1836 y su distribución por años, es la siguiente: una en 1821, dos de 1824, once para 1825, tres se ubican en 1826, una en 1827, cinco en 1829, tres para 1831, dos pertenecientes al año de 1836 y dos sin fecha.
En Nueva España, existieron manuales para religiosos que evangelizaban indígenas,3 también se elaboraron y difundieron manuales de confesión para sacerdotes y otros para la población. Por último, aparecieron los más especializados, que fueron creados por los confesores de religiosas a partir de las experiencias místicas de monjas, como fue el caso del escrito por el jesuita Miguel Godínez, texto que se publicó en diversas ediciones, desde el siglo XVII al XX.4
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Primera Comunión de Eufemia Parada. Guadalajara, 1932.
Las pautas, criterios y desarrollo de sus manuales de confesión, la ubican como un espacio históricamente construido, muy parecido al del purgatorio como lo señala Jacques Le Goff.5
La confesión significó el medio por el cual se daba inicio la purificación del alma, pues basándose en el cumplimiento de la penitencia se lograba la absolución. Pero la confesión también representó para las religiosas un tiempo donde el confesor las orientaba espiritualmente, reconociendo y sancionando las visiones y raptos místicos, aunque también fue motivo de conflicto cuando las religiosas o beatas6 se declararon poseedoras de visiones espirituales y mintieron.7 Para enfrentar tal anomia, se delegó la investigación de los casos denunciados a la Santa Inquisición. Hemos citado lo anterior para señalar la importancia que tuvo dicha práctica en el establecimiento de una legislación y respuestas punitivas para los transgresores de la clausura: “Por medio de la confesión se ejercía el control de cualquier posible disidencia heterodoxa”.8 La reglamentación del acto de confesión tomó cuerpo, en referencia a las religiosas mendicantes, en la figura del confesor ordinario y extraordinario.
El marco de la legislación eclesiástica y la asignación para brindar confesión a las religiosas capuchinas, permaneció durante los siglos XVIII y XIX, como lo muestran dos casos en que se trata la situación sobre los derechos del confesor ordinario frente al extraordinario.9
Cabe señalar que el análisis de estas cartas se suma a las investigaciones sobre el tema de correspondencia de religiosas y mujeres novohispanas. Estudios que representan modelos alternativos frente a los producidos en otras áreas como el de la confesión, para examinar las relaciones del confesor y sus penitentes a partir de tener como perspectiva los manuales teológicos.10 Por lo anterior, nos proponemos revisar: la conformación de la confesión, los cargos de confesores ordinario y extraordinario, y ambos puntos como contexto de la relación que aparece en las cartas de la monja capuchina y el fraile franciscano y posteriormente las epístolas. De las cartas extraeremos elementos que den cuenta de la relación entre la religiosa y su confesor, la vida conventual y la vida espiritual.
Los confesores y las monjas
El sacramento de la penitencia por sí mismo es un elemento de larga duración en la historia de la Iglesia católica. Antes del siglo XIII su definición y uso crearon una serie de polémicas y reformas hasta llegar al IV Concilio de Letrán en el año 1215, donde este sacramento adquirió la personalidad canónica y teológica que hasta hoy persiste.
Para la Iglesia y los clérigos, la penitencia propuesta se forma de tres elementos: contrición, confesión y satisfacción.11 Y en este concilio, se decreta obligatoria la confesión anual, “todos los fieles de ambos sexos, llegados a la edad de discreción, debían confesar todos sus pecados […] al menos una vez al año”.12 La confesión auricular o privada mostró nuevos elementos, como la conciencia de vigilancia sobre sí mismo y con base en esto se podía realizar la contrición, acto previo de la confesión.
Es con el Concilio de Trento y en respuesta a la Reforma donde se decreta que los siete sacramentos: bautismo, confirmación, penitencia, comunión, extremaunción, orden sacerdotal y matrimonio, habían sido instituidos por Cristo y que la penitencia era el medio para obtener la salvación eterna.
Un aspecto que surge con estas propuestas tridentinas en torno a la confesión fue el de la preparación de los confesores y para ello se editaron Sumas para confesores y los Manuales de confesión. Con sus propuestas, Trento impulsó un confesor bondadoso, paciente y amoroso, dispuesto a ayudar al pecador y otorgarle tranquilidad y la Eucaristía como un medio de obtener salud.
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Portada del libro Fundación del convento de San José de la Villa de Santa María de los Lagos. En este texto también se consignó las profesiones de las monjas capuchinas desde el año de 1761 hasta 16 de enero de 1859.
Fuente: AHAG, sección: Gobierno, serie: Religiosas Capuchinas, años: 1732-1798, caja 1.
En lo referente a las religiosas y la confesión, el Concilio de Trento lo señaló y se adaptaron las recomendaciones como se puede constatar en las constituciones reformadas de las monjas capuchinas, donde se ordena que las monjas se confiesen doce veces al año y que no se confiesen con ningún otro que no sea el confesor del convento. Sin embargo, las constituciones también hicieron mención al confesor extraordinario.13
La posición de jerarquía que adquirieron los prelados sobre las religiosas no pasó desapercibida para el Concilio III Provincial Mexicano, en donde se estableció que para normar el acto de la confesión, ningún clérigo podía confesar sin contar con licencia para ello y sólo los Obispos estaban facultados para extenderla, los sacerdotes debían de presentar un examen, y si lo aprobaban, la licencia que se les otorgaba tenía una caducidad. Así, unos confesores sólo fueron autorizados para escuchar hombres, otros tuvieron permiso para confesar tanto hombres como mujeres e incluso hasta religiosas.14 Los mismos requisitos se le solicitaron al confesor peregrino. Sobre este último Jorge René González Marmolejo refiere: “Se conoció como curas peregrinos a los eclesiásticos que no tenían parroquia para ejercer habitualmente su ministerio”.15 Por su parte, las religiosas denominaron peregrino al confesor extraordinario.
Además, el tipo de confesor de monjas que designó el Concilio III Provincial Mexicano fue de las siguientes características: “sujetos de edad avanzada, prudentes y temerosos de Dios, que cada mes por lo menos, las oigan en confesión y les administren la Eucaristía”.16
Las acciones que llevaron a cabo las autoridades eclesiásticas tenían como primer objetivo, en cuanto a las religiosas, garantizar la clausura. Para ello, las proposiciones y reglamentos que se implementaron en Trento y en el Concilio III Provincial Mexicano, estuvieron dirigidas a legislar las relaciones de los confesores y las religiosas.
El confesionario fue diseñado para que quedara aislado del convento, existiendo entre confesor y religiosa una pequeña ventana por donde se realizaba la confesión.17
El cargo de confesor extraordinario representó el vínculo donde podemos entender las cartas entre los personajes que presentamos en este capítulo. Por lo tanto, considerando la importancia y relevancia del oficio de confesor extraordinario con las descalzas,18 y en particular para comprender la relación del fraile Romualdo Gutiérrez con la monja capuchina “Piedra del patio”, revisaremos en forma breve algunos documentos eclesiásticos que lo mencionan y algunos casos sobre monjas capuchinas y el confesor extraordinario.19
En efecto, comentaremos algunos asuntos que tratan sobre el confesor extraordinario que se relacionan con la religiosa capuchina denominada Piedra del patio o Sor María Josefa de la Santísima Trinidad Zapata. Sobre el nombre e identidad de esta religiosa se reflexionará enseguida.
Por tercer nombre, Josefa
Desde la ciudad de Toledo, España, llegaron las primeras monjas capuchinas a la ciudad de México, para fundar el convento de San Felipe de Jesús en 1665. Entre las monjas de este primer convento en Nueva España, sólo dos religiosas, de dieciocho, llevan por nombre Josefa. Pero también hay que puntualizar que de este claustro se fundaron cuatro conventos más, dos de los cuales llevaron el nombre de San José: San José de Gracia en Querétaro (1721) y San José en la Villa de Santa María de los Lagos (1756).20
Con la creación del convento de Lagos en la Nueva Galicia, las religiosas capuchinas utilizaron como tercer nombre el de Josefa. Esta continuidad se mantuvo, como podemos constatar por J. Ignacio Dávila Garibi en su texto denominado Sucinta Noticia Crono-Necrológica, desde la fundación en 1756 hasta 1908.21
Sobre la confesión, comenta Jean Delumeau en su libro La confesión y el perdón: “lo confesional quiso ser, y ciertamente constituyó a menudo, uno de los lugares de la benevolencia paterna”22 puesto que las características atribuidas a Dios padre, de ternura y perdón, fueron depositadas en la figura del confesor; él cual consolaba, aconsejaba e integraba al camino del bien. De ahí que en la correspondencia de las religiosas capuchinas, se encuentre esta figura depositada en las autoridades seculares y regulares, por ejemplo en la forma que utilizó para dirigirse a ellos como “Vuestra Paternidad”. Es claro que la paternidad a que se alude no se trata del padre de familia que manda con autoridad en el hogar. Delumeau señala también que, junto a esta modificación de la imagen paterna, se añadió la difusión y promoción de San José, santo patrono que favorecía la condición económica de quien le solicitaba favores con oraciones.
El nombre que recibieron las mujeres que ingresaron en el convento de San José las separó de su nombre que utilizaron en el mundo exterior, es decir, “en el siglo”23 y a la vez las consolidó en la comu...

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