Capítulo 1
LAS FUERZAS ARMADAS
1. Las Fuerzas Armadas y el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional
Un sistema supone la participación conjunta de varias entidades públicas hacia la consecución de un fin común. En este sentido, se trata de una organización que estará al mando de una autoridad cuya función será la de articular los esfuerzos de esa multiplicidad de entidades con el objetivo de lograr resultados eficientes y eficaces.
Entendida la seguridad nacional como aquella situación en la que se encuentra garantizada, por un lado, la soberanía, la independencia e integridad territorial; y, por otro lado, los derechos fundamentales de la persona, es comprensible que para lograr tal esquema se necesite la participación organizada de diversos órganos, siendo el caso que el solo involucramiento de una entidad pública será a todas luces insuficiente. De ahí entonces la pertinencia de enfrentar el problema de la seguridad nacional desde la lógica de un sistema integrado por la sociedad y las diversas instituciones que, dada la naturaleza de sus competencias, resultan las directas responsables de proveer a la ciudadanía de aquellas condiciones de paz, tranquilidad y orden.
Sin embargo, por más que un Estado haga denodados esfuerzos por conservar una situación como la descrita, es innegable que no está libre de sufrir amenazas o agresiones que perturben dicha seguridad. Es por ello que se hace necesario que adopte un conjunto de medidas que le permitan dar respuestas oportunas cuando algo de eso pase. Evidentemente, se trata de medidas que se acogen a modo preventivo tanto a nivel interno y externo, y que solo deberían ser aplicadas cuando se trate de circunstancias apremiantes que signifiquen un peligro para la soberanía, independencia e integridad territorial o para los derechos fundamentales de la población. Este tipo de medidas, tomadas de manera conjunta, conforman lo que se viene a denominar la defensa nacional, y a fin de articular y dirigir de forma óptima aquellos esfuerzos en el Perú se ha constituido el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, que tiene como principales funciones concebir, planificar, dirigir, preparar, ejecutar y supervisar la defensa nacional.
La presidencia del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional recae en el presidente de la república y está conformado por:
• El Consejo de Seguridad Nacional.
• El Sistema de Inteligencia Nacional.
• El Sistema Nacional de Defensa Civil.
• Los ministerios, organismos públicos y gobiernos regionales.
Ahora bien, las amenazas que se ciernen sobre la seguridad nacional pueden ser externas e internas. Las primeras se vinculan con escenarios de terrorismo internacional, narcotráfico, escasez de recursos naturales de valor estratégico, entre otros. Las segundas involucran grupos subversivos, terroristas o que promueven la violencia social, la delincuencia común organizada, el tráfico ilícito de drogas o corrupción, por mencionar algunos ejemplos.
Vistas así las cosas, en atención a lo que implica la seguridad nacional como bien de interés nacional y la defensa nacional como el conjunto de medidas que adopta el Estado a fin de estar preparado para enfrentar cualquier circunstancia que ponga en peligro dicha seguridad junto al sistema creado para tal efecto, resulta indiscutible el papel protagónico y estratégico que desempeñan las Fuerzas Armadas.
En ese sentido, la Constitución Política del Estado prevé la soberanía, la independencia y la integridad territorial como responsabilidad de los institutos castrenses, ya que es indudable que la participación de las Fuerzas Armadas se torna indispensable, pasando a ser un actor de indiscutible importancia para el buen hacer del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. Para estos efectos, como se verá a continuación, el Ministerio de Defensa se erige no solo como ente rector sino como responsable político-administrativo de su operatividad.
2. Las Fuerzas Armadas en el Estado peruano: organización y funciones
2.1. Las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa
En el año 2002 se publicó la ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y su reglamento a través del decreto supremo 030-2002-PCM. Ambas normas sirvieron de soporte jurídico para la modernización de diferentes entidades y dependencias públicas. En este contexto, se constituyó la Comisión de Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas, cuyo informe final fue aprobado por medio de la resolución suprema 038-DE/SG del 20 de abril de 2002.
Dentro de esa reestructuración, que involucró al sector Defensa en general y no solo a las Fuerzas Armadas, el 11 de noviembre de 2002 se expidió la ley 27860, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, que buscó edificarlo como aquel órgano del Poder Ejecutivo encargado de asegurar su control democrático.
Tras varios años y cambios que se suscitaron en torno al Sector Defensa, hoy en día, la organización y funciones del ministerio han pasado a estar reguladas por el decreto legislativo 1134, que lo posiciona como ente rector de todo el sector. Entiéndase para estos fines que el Sector Defensa está comprendido, además del propio ministerio, por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas Armadas, las entidades públicas y las empresas bajo su ámbito de competencia y responsabilidad política y funcional.
En esa línea de pensamiento, el ente político-administrativo competente en el ámbito de las Fuerzas Armadas es el Ministerio de Defensa y en su calidad de órgano rector tiene a su cargo dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar...