Sección V
Expresiones contemporáneas
de la violencia
Cuerpos intervenidos, violencias naturalizadas.
Reflexiones sobre la violencia obstétrica e institucional experimentada por mujeres indígenas en Guerrero
Lina Rosa Berrio Palomo
Introducción
La violencia contra las mujeres, asociada a la sexualidad y la reproducción es una de las formas más comunes de violencia institucional en materia de salud. En este trabajo se analiza la violencia obstétrica como una violación a los derechos humanos, una expresión de las desigualdades de género y como parte de las múltiples formas de violencia ejercidas desde el Estado, que vulneran, por acción, omisión o ausencia de protección, los derechos de las personas. De este modo, las violencias que individualmente afectan a las mujeres durante sus embarazos, partos o puerperios no pueden entenderse desligadas de las violencias estructurales que agudizan desigualdades e impactos diferenciados en personas específicas.
Si bien se han ampliado las denuncias y el debate sobre casos de violencia obstétrica en medios de comunicación e instancias de Derechos Humanos, y se incrementó la producción académica al respecto, interesa en este texto enfatizar el carácter institucional de dicha violencia, así como su dimensión de larga duración más allá del momento del parto. Particularmente, se analizan las características de este tipo de violencias institucionales en la experiencia de mujeres indígenas Na Saavi y Meph´a, de la Costa Chica de Guerrero, llamando la atención sobre las intersecciones que atraviesan estas prácticas institucionales en el ámbito de la salud.
El texto está elaborado a partir de un proyecto de investigación sobre cesáreas realizadas a mujeres indígenas, particularmente Na Saavi (mixtecas) y Meph´as (tlapanecas) de la Costa Chica de Guerrero. Durante el trabajo de campo emergieron diversas historias de violaciones a derechos reproductivos experimentadas en los servicios de salud, las cuales evidencian las articulaciones entre las desigualdades de género, con prácticas de discriminación y racismo hacia poblaciones específicas, en este caso mujeres indígenas. Partiendo de dicho material, en este capítulo me interesa analizar la Violencia Obstétrica como otra forma de violencia contra las mujeres, ejercida desde el Estado, a través de su propia institucionalidad.
En la primera parte del texto, se presentan algunos de los principales documentos normativos que establecen la categoría de violencia obstétrica, mostrando cómo ha sido conceptualizada ésta en México y por los organismos internacionales en salud, incluida la Organización Mundial de la Salud (OMS). Se realiza, además, una revisión de algunos de los trabajos académicos producidos sobre el tema, para mostrar diferentes aproximaciones al mismo y a la comprensión de las múltiples causas que lo producen. La revisión de denuncias por este hecho presentadas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos y las recomendaciones sobre violencia obstétrica emanadas de este organismo en 2017, constituyen el siguiente apartado del trabajo.
Este bloque da paso al análisis del material de campo recopilado en tres temporadas de trabajo de campo, de 2015 a 2017, en el municipio de San Luis Acatlán, Guerrero. Aquí se incorporan las historias de tres mujeres guerrerenses que vivieron durante su embarazo y parto diversas formas de violaciones a sus derechos reproductivos, incluyendo esterilización forzada, implantación de métodos anticonceptivos de larga duración sin consentimiento y, por el otro lado, negación de anticonceptivos que terminaron en un embarazo no planeado, lo que puso en riesgo la vida de una de ellas. Esta parte del material permite discutir dichas experiencias, no como casos aislados sino como parte de un entramado institucional más complejo que reproduce y perpetúa las desigualdades de género, clase y raza, al mismo tiempo que naturaliza este tipo de violencia, haciendo, por ello, más difícil su desmonte.
Sobre la Violencia Obstétrica (VO)
Uno de los principales aportes de los estudios feministas en México ha sido un acercamiento de larga data al campo de la salud sexual y reproductiva, así como una sólida construcción académica y activista en la lucha por el reconocimiento y ampliación de los derechos sexuales y reproductivos. La antropología feminista ha abordado un análisis de la reproducción y la maternidad desnaturalizando las desigualdades asociadas a estos procesos y mostrando la manera en que las decisiones reproductivas de mujeres y hombres, así como la experiencia de la gestación, el parto y el puerperio, constituyen campos en tensión a través de los cuales se puede analizar el modo en que se intersectan diversas jerarquías y subordinaciones basadas en el género (Lagarde,1990; Valenzuela, 1994; Sánchez, 2003 y 2014; Ávila, 2005; Saldaña et al., 2017; Arcos, 2018, Sieder, 2017).
Desde las aproximaciones feministas se han colocado al centro temas vitales como el derechos de las mujeres a una vida libre de violencia o al ejercicio pleno de nuestros derechos sexuales y reproductivos; la importancia de avanzar en la ampliación de los marcos normativos y jurídicos en torno al reconocimiento de parentalidades no heteronormativas; la denuncia de violaciones a derechos reproductivos, incluyendo esterilizaciones forzadas o la colocación de métodos anticonceptivos sin consentimiento, especialmente en el caso de mujeres en mayores condiciones de vulnerabilidad.
Todo ello nos permite explorar una serie de conexiones entre las experiencias individuales y las formas de violencia institucional ejercidas desde el propio Estado en contra de ciertas poblaciones específicas, a partir de una serie de valoraciones asociadas a sus características identitarias y/o fenotípicas, especialmente la clase, la etnicidad-racialidad, la edad o el lugar de residencia, entre otros. Uno de los temas que evidencia tales vínculos y ha ganado relevancia en el debate académico y activista en México es el de la violencia obstétrica. El uso de esta categoría con fines jurídicos, académicos y activistas ha crecido de manera importante en Latinoamérica en los años recientes.
En la región, la primera legislación nacional que acuñó formalmente la definición e inclusión de la violencia obstétrica como una forma específica de violencia fue la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 2006 (Sesia, 2017; Bellón, 2015). En el caso de México, ha habido un fuerte debate al respecto y la única entidad que la reconoce en esos términos es la Ley Estatal de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, de Veracruz. Aunque la Ley General de Salud y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no establecen de manera explícita la categoría de violencia obstétrica; sí reconocen el derecho de las mujeres a la atención de la salud relacionada con eventos obstétricos independientemente de su derechohabiencia o afiliación (LGS, artículo 51 bis, 2015), así como el asegurar que, en la prestación de todos los servicios de salud, sean respetados sus derechos humanos.
Del mismo modo, el artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece la siguiente definición de Violencia Institucional:
Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.
Igualmente, plantea las obligaciones de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, atender, erradicar, sancionar y reparar el daño que les infringe. Este marco resulta fundamental para analizar las diversas formas de violencia ocurridas en instituciones del Estado, incluyendo las de justicia, salud, educación, entre otras.
En México, la VO se ha definido, por algunas organizaciones vinculadas al tema, como
una forma de violación a los derechos humanos y reproductivos de las mujeres, incluyendo los derechos a la igualdad, a la no discriminación, a la información, a la integridad, a la salud y a la autonomía reproductiva. Se genera en el ámbito de la atención del embarazo, parto y puerperio en los servicios de salud, públicos y privados, y es producto de un entramado multifactorial en donde confluyen la violencia institucional y la de género (GIRE, 2013: 120).
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por su parte, la define como:
Una modalidad de la violencia institucional y de género, cometida por prestadores de servicios de la salud, por una deshumanizada atención médica a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio que le genere una afectación física, psicológica o moral, que incluso llegue a provocar la pérdida de la vida de la mujer o, en su caso, del producto de la gestación o del recién nacido, derivado de la prestación de servicios médicos, abuso de medicalización y patologización de procedimientos naturales, entre otros (CNDH, 2017: 37).
Esta misma Comisión establece una diferencia entre la Violencia Obstétrica y la Negligencia Médica, ubicando la primera de manera clara, en el marco de violaciones a los derechos reproductivos.
En similar sentido, la Organización Mundial de la Salud (OMS), en un documento emitido en 2014, reconoce ésta como una violación a los derechos humanos de las mujeres “el maltrato, la negligencia o falta de respeto en el parto pueden constituirse en una violación de los derechos humanos fundamentales de las mujeres, descritos en las normas y principios internacionales de derechos humanos” (OMS, 2014) Sin embargo, vale la pena señalar que la OMS, en el mismo documento, habla más de bien de irrespeto y abuso (disrespect and abuse): “Muchas mujeres en todo el mundo sufren un trato irrespetuoso, ofensivo o negligente durante el parto en centros de salud”; pero no acuña la noción de violencia para re...