3 Libros para Conocer La Ilustración
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3 Libros para Conocer La Ilustración

Jean-Jacques Rousseau, René Descartes, Immanuel Kant, August Nemo

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3 Libros para Conocer La Ilustración

Jean-Jacques Rousseau, René Descartes, Immanuel Kant, August Nemo

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Bienvenidos a la colección 3 libros para conocer, nuestra idea es ayudar a los lectores a aprender sobre temas fascinantes a través de tres libros imprescindibles y destacados. Estas obras cuidadosamente seleccionadas pueden ser de ficción, no ficción, documentos históricos o incluso biografías. Siempre seleccionaremos para ti tres grandes obras para instigar tu mente, esta vez el tema es: La Ilustración.- ¿Qué es la ilustración? de Emmanuel Kant.- El contrato social de Jean-Jacques Rousseau.- Discurso del método de René Descartes.Este es uno de los muchos libros de la colección 3 libros para conocer. Si te ha gustado este libro, busca los otros títulos de la colección, pues estamos convencidos de que alguno de los temas te gustará.

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Information

Publisher
Tacet Books
Year
2021
ISBN
9783985517008

El contrato social

Jean-Jacques Rousseau

Libro Primero

Me hé propuesto buscar si puede existir en el orden civil alguna regla de administracion legítima y segura, considerando los hombres como son en sí y las leyes como pueden ser. En este exámen procuraré unir siempre lo que permite el derecho con lo que dicta el interés, á fin de que no estén separadas la utilidad y la justicia.
Empiezo á desempeñar mi objeto sin probar la importancia de semejante asunto. Se me preguntará si soy acaso príncipe ó legislador para escribir sobre política. Contestaré que no, y que este es el motivo porque escribo sobre este punto. Si fuese príncipe ó legislador, no perderia el tiempo en decir lo que es conveniente hacer; lo haria, ó callaria.
Siendo por nacimiento ciudadano de un estado libre y miembro del soberano, por poca influencia que mi voz pueda tener en los negocios públicos me basta el derecho que tengo de votar para imponerme el deber de enterarme de ellos: mil veces dichoso, pues siempre que medito sobre los gobiernos, hallo en mis investigaciones nuevos motivos para amar el de mi pais!

I

Asunto de este primer libro.
El hombre ha nacido libre, y en todas partes se halla entre cadenas. Créese alguno señor de los demas sin dejar por esto de ser mas esclavo que ellos mismos. Como ha tenido efecto esta mudanza? Lo ignoro. Que cosas pueden legitimarla? Me parece que podré resolver esta cuestion.
Si no considero mas que la fuerza y el efecto que produce, diré: mientras que un pueblo se vé forzado á obedecer, hace bien, si obedece; tan pronto como puede sacudir el yugo, si lo sacude, obra mucho mejor; pues recobrando su libertad por el mismo derecho con que se la han quitado, ó tiene motivos para recuperarla, ó no tenian ninguno para privarle de ella los que tal hicieron. Pero el orden social es un derecho sagrado que sirve de base á todos los demas. Este derecho, sin embargo, no viene de la naturaleza; luego se funda en convenciones. Trátase pues de saber que convenciones son estas. Mas antes de llegar á este punto, será menester que funde lo que acabo de enunciar.

II

De las primeras sociedades.
La sociedad mas antigüa de todas, y la única natural, es la de una familia; y aun en esta sociedad los hijos solo perseveran unidos á su padre todo el tiempo que le necesitan para su conservacion. Desde el momento en que cesa esta necesidad, el vínculo natural se disuelve. Los hijos, libres de la obediencia que debian al padre, y el padre, exento de los cuidados que debia á los hijos, recobran igualmente su independencia. Si continuan unidos, ya no es naturalmente, sino por su voluntad; y la familia misma no se mantiene sino por convencion.
Esta libertad comun es una consecuencia de la naturaleza del hombre. Su principal deber es procurar su propia conservacion, sus principales cuidados los que se debe á sí mismo; y luego que está en estado de razon, siendo él solo el juez de los medios propios para conservarse, llega á ser por este motivo su propio dueño.
Es pues la familia, si asi se quiere, el primer modelo de las sociedades políticas: el gefe es la imágen del padre, y el pueblo es la imágen de los hijos; y habiendo nacido todos iguales y libres, solo enagenan su libertad por su utilidad misma. Toda la diferencia consiste en que en una familia el amor del padre hácia sus hijos le paga el cuidado que de ellos ha tenido; y en el estado, el gusto de mandar suple el amor que el gefe no tiene á sus pueblos.
Grocio niega que todo poder humano se haya establecido en favor de los gobernados, y pone por ejemplo la esclavitud. La manera de discurrir, que mas constantemente usa, consiste en establecer el derecho por el hecho[40]. Bien podria emplearse un método mas consecuente, pero no se hallaria uno que fuese mas favorable á los tiranos.
Dudoso es pues, segun Grocio, si el género humano pertenece á un centenar de hombres, ó si este centenar de hombres pertenecen al género humano; y segun se deduce de todo su libro, él se inclina á lo primero: del mismo parecer es Hobbes. De este modo tenemos el género humano dividido en hatos de ganado, cada uno con su gefe, que le guarda para devorarle.
Asi como un pastor de ganado es de una naturaleza superior á la de su rebaño, asi tambien los pastores de hombres, que son sus gefes, son de una naturaleza superior á la de sus pueblos. Asi discurria, segun cuenta Filon, el emperador Calígula, deduciendo con bastante razon de esta analogía que los reyes eran dioses, ó que los pueblos se componian de bestias.
Este argumento de Calígula se da las manos con el de Hobbes y con el de Grocio. Aristóteles habia dicho antes que ellos que los hombres no son naturalmente iguales, sino que los unos nacen para la esclavitud y los otros para la dominacion.
No dejaba de tener razon; pero tomaba el efecto por la causa. Todo hombre nacido en la esclavitud, nace para la esclavitud; nada mas cierto. Viviendo entre cadenas los esclavos lo pierden todo, hasta el deseo de librarse de ellas; quieren su servidumbre como los compañeros de Ulises querian su brutalidad[41]. Luego solo hay esclavos por naturaleza, porque los ha habido contra ella. La fuerza ha hecho los primeros esclavos, su cobardía los ha perpetuado.
Nada he dicho del rey Adan ni del emperador Noé, padre de los tres grandes monarcas que se dividieron el universo, como hicieron los hijos de Saturno, á quienes se ha creido reconocer en ellos. Espero que se me tenga á bien esta moderacion; pues descendiendo directamente de unos de estos príncipes, y quizás de la rama primogénita, quien sabe si, hecha la comprobacion de los títulos, me encontraria legítimo rey del género humano? Sea lo que fuere, no se puede dejar de confesar que Adan fue soberano del mundo, como Robinson de su isla, mientras que le habitó solo; y lo que tenia de cómodo este imperio era que el monarca, seguro sobre su trono, no tenia que temer ni rebeliones, ni guerras, ni conspiracion

III

Del derecho del mas fuerte.
El mas fuerte nunca lo es bastante para dominar siempre, sino muda su fuerza en derecho y la obediencia en obligacion. De aqui viene el derecho del mas fuerte; derecho que al parecer se toma irónicamente, pero que en realidad está erigido en principio. ¿Habrá empero quien nos esplique que significa esta palabra? La fuerza no es mas que un poder físico; y no sé concebir que moralidad pueda resultar de sus efectos. Ceder á la fuerza es un acto de necesidad y no de voluntad; cuando mas es un acto de prudencia. En que sentido pues se considerará como derecho?
Supongamos por un momento este pretendido derecho. Tendremos que solo resultará de él una confusion inexplicable; pues admitiendo que la fuerza es la que constituye el derecho, el efecto muda mudando su causa: cualquiera fuerza que supera á la anterior sucede al derecho de esta. Luego que impunemente se puede desobedecer, se hace legítimamente: y teniendo siempre razon el mas fuerte, solo se trata de hacer de modo que uno llegue á serlo. Segun esto, en que consiste un derecho que se acaba cuando la fuerza cesa? Si se ha de obedecer por fuerza, no hay necesidad de obedecer por deber; y cuando á uno no le pueden forzar á obedecer, ya no está obligado á hacerlo. Se vé pues que esta palabra derecho nada añade á la fuerza, ni tiene aqui significacion alguna.
Obedeced al poder. Si esto quiere decir, ceded á la fuerza, el precepto es bueno, aunque del todo inútil; yo fiador que no será violado jamás. Todo poder viene de Díos, es verdad: tambien vienen de él las enfermedades; se dice por esto que esté prohibido llamar al médico? Si un bandido me sorprende en medio de un bosque, ¿se pretenderá acaso que no solo le dé por fuerza mi bolsillo, sino que, aun cuando pueda ocultarlo y quedarme con él, esté obligado en conciencia á dárselo? pues al cabo la pistola que el ladron tiene en la mano no deja de ser tambien un poder.
Convengamos pues en que la fuerza no constituye derecho, y en que solo hay obligacion de obedecer á los poderes legítimos. De este modo volvemos siempre á mi primera cuestion.

IV

De la esclavitud.
Ya que por naturaleza nadie tiene autoridad sobre sus semejantes y que la fuerza no produce ningun derecho, solo quedan las convenciones por base de toda autoridad legítima entre los hombres.
Si un particular, dice Grocio, puede enagenar su libertad y hacerse esclavo de un dueño, porqué todo un pueblo no ha de poder enagenar la suya y hacerse súbdito de un rey? Hay en esta pregunta muchas palabras equívocas que necesitarian esplicacion; pero atengámonos á la palabra enagenar. Enagenar es dar ó vender. Ahora bien, un hombre que se hace esclavo de otro, no se da á este; se vende á lo menos por su subsistencia: pero con que objeto un pueblo se venderia á un rey? Lejos este de procurar la subsistencia á sus súbditos, saca la suya de ellos, y segun Rabelais no es poco lo que un rey necesita para vivir. Será que los súbditos dén su persona con condicion de que se les quiten sus bienes? Que les quedará despues por conservar?
Se me dirá que el déspota asegura á sus súbditos la tranquilidad civil. Bien está; pero ¿que ganan los súbditos en esto, si las guerras que les atrae la ambicion de su señor, si la insaciable codicia de este, si las vejaciones del ministerio que les nombra, les causan mas desastres de los que esperimentarian abandonados á sus disensiones? Que ganan en esto, si la misma tranquilidad es una de sus desdichas? Tambien hay tranquilidad en los calabozos: es esto bastante para hacer su mansion agradable? Tranquilos vivian los griegos encerrados en la caverna del Cíclope aguardando que les llegara la vez para ser devorados.
Decir que un hombre se da gratuitamente, es decir un absurdo incomprehensible; un acto de esta naturaleza es ilegítimo y nulo por el solo motivo de que el que lo hace no está en su cabal sentido. Decir lo mismo de todo un pueblo, es suponer un pueblo de locos: la locura no constituye derecho.
Aun cuando el hombre pudiese enagenarse á sí mismo, no puede enagenar á sus hijos, estos nacen hombres y libres; su libertad les pertenece; nadie mas puede disponer de ella. Antes que tengan uso de razon, puede el padre, en nombre de los hijos, estipular aquellas condiciones que tenga por fin la conservacion y bienestar de los mismos; pero no darlos irrevocablemente y sin condiciones, pues semejante donacion es contraria á los fines de la naturaleza y traspasa los límites de los derechos paternos. Luego paraque un gobierno arbitrario fuese legítimo, seria preciso que el pueblo fuese en cada generacion dueño de admitirle ó de desecharle á su antojo; mas entonces este gobierno ya dejaria de ser arbitrario.
Renunciar á la libertad es renunciar á la calidad de hombre, á los derechos de la humanidad y á sus mismos deberes. No hay indemnizacion posible para el que renuncia á todo. Semejante renuncia es incompatible con la naturaleza del hombre; y quitar toda clase de libertad á su voluntad, es quitar toda moralidad á sus acciones. Por último es una convencion vana y contradictoria la que consiste en estipular por una parte una autoridad absoluta, y por la otra una obediencia sin limites. ¿No es evidente que á nada se está obligado con respecto á aquel de quien puede exigirse todo? Y esta sola condicion sin equivalente, sin cambio, ¿no lleva consigo la nulidad del acto? Por qué, que derecho tendrá contra mí un esclavo mio, siendo asi que todo lo que tiene me pertenece, y que siendo mio su derecho, este derecho mio contra mí mismo es una palabra que carece de sentido?
Grocio y los demas deducen de la guerra otro orígen del pretendido derecho de esclavitud. Segun ellos, teniendo el vencedor el derecho de matar al vencido, puede este rescatar su vida á costa de su libertad; convencion tanto mas legítima cuanto se convierte en utilidad de ambos.
Pero es evidente que este pretendido derecho de matar al vencido de ningun modo proviene del estado de guerra. Por cuanto los hombres, viviendo en su primitiva independencia, no tienen entre sí una relacion bastante continua para constituir ni el estado de paz, ni el estado de guerra; por la misma razon no son enemigos por naturaleza. La relacion de las cosas y no la de los hombres es la que constituye la guerra; y no pudiendo nacer este estado de simples relaciones personales, sino de relaciones reales, la guerra de particulares ó de hombre á hombre no puede existir, ni en el estado natural, en el cual no hay propiedad constante, ni en el estado social, en el cual todo está bajo la autoridad de las leyes.
Los combates particulares, los desafíos, las luchas son actos, que no constituyen un estado; y por lo que mira á las guerras entre particulares, autorizadas por las instituciones de Luis IX., rey de Francia, y suspendidas por la paz de Dios, no son sino abusos del gobierno feudal, sistema absurdo como el que mas, contrario á los principios del derecho natural y á toda buena politica.
Luego la guerra no es una relacion de hombre á hombre, sino de estado á estado, en la cual los particulares son enemigos solo accidentalmente, no como á hombres ni como á ciudadanos,[42] sino como á soldados: no como á miembros de la patria, sino como á sus defensores. Por último un estado solo puede tener por enemigo á otro estado, y no á los hombres, en atencion á que entre cosas de diversa naturaleza no puede establecerse ninguna verdadera relacion.
No es menos conforme este principio con las máximas establecidas en todos los tiempos y con la práctica constante de todos los pueblos cultos. Una declaracion de guerra no es tanto una advertencia á las potencias, como á sus súbditos. El estrangero, bien sea rey, bien sea particular, bien sea pueblo, que roba, mata ó prende á un súbdito sin declarar la guerra al príncipe, no es un enemigo; es un salteador. Hasta en medio de la guerra, el príncipe que es justo se apodera en pais enemigo de todo lo perteneciente al público; pero respeta la persona y los bienes de los particulares; respeta unos derechos, sobre los cuales se fundan los suyos. Siendo el fin de la guerra la destruccion del estado enemigo, existe el derecho de matar á sus defensores mientras que tienen las armas en la mano; pero luego que las dejan y se rinden, dejando de ser enemigos ó instrumentos del enemigo, vuelven de nuevo á ser solamente hombres; cesa pues entonces el derecho de quitarles la vida. Á veces se puede acabar con un estado sin matar á uno solo de sus miembros, y la guerra no da ningun derecho que no sea indispensable para su fin. Estos principios no son los de Grocio, no se apoyan en autoridades de poetas sino que derivan de la naturaleza de las cosas y se fundan en la razon.
En cuanto al derecho de conquista, no tiene mas fundamento que el derecho del mas fuerte. Si la guerra no da al vencedor el derecho de degollar á los pueblos vencidos; este derecho, que no tiene, no puede establecer el de esclavizarlos. No hay derecho para matar al enemigo sino en el caso de no poderle hacer esclavo: luego el derecho de hacerle esclavo no viene del derecho de matarle; luego es un cambio inicuo hacerle comprar á costa de su libertad una vida sobre la cual nadie tiene derecho. Fundar el derecho de vida y de muerte en el derecho de esclavitud y el derecho de esclavitud en el de vida y de muerte, no es caer en un círculo vicioso?
Aun suponiendo el terrible derecho de matarlo todo, un hombre hecho esclavo en la guerra ó un pueblo conquistado, solo está obligado á obedecer á su señor mientras que este pueda precisarle á ello á la fuerza. Tomando un equivalente á su vida, el vencedor no le ha hecho merced de ella; en vez de matarle sin ningun fruto, le ha matado utilmente. Lejos pues de haber adquirido sobre él alguna autoridad unida á la fuerza, el estado de guerra subsiste entre los dos como antes, la relacion misma que hay entre los dos es un efecto de este estado; y el uso del derecho de la guerra no supone ningun tratado de paz. Han hecho una convencion, está bien; pero esta convencion, lejos de destruir el estado de guerra supone que este continua.
Asi pues, de cualquier modo que las cosas se consideren, el derecho de esclavitud es nulo, no solo porque es ilegítimo, si que tambien porque es absurdo y porque nada significa. Las dos palabras esclavitud y derecho son contradictorias y se escluyen mutuamente. Bien sea de hombre á hombre, bien sea de hombre á pueblo, siempre será igualmente descabellado este discurso: hago contigo una convencion, cuyo gravamen es todo tuyo, y mio todo el provecho; convencion, que observaré mientras me diere la gana y que tú observarás mientras me diere la gana.

V

Que es preciso retroceder siempre hasta una primera convencion.
Aun cuando diésemos por sentado cuanto he refutado hasta aqui, no por eso estarian mas adelantados los factores del despotismo. Siempre habrá una diferencia no pequeña entre sujetar una muchedumbre y gobernar una sociedad. Si muchos hombres dispersos se someten sucesivamente á uno solo; por numerosos que sean, solo veo en ellos á un dueño y á sus esclavos, y no á un pueblo y á su gefe: será, si asi se quiere, un...

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